Sentencia N° 1010 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de julio de 2009

TSJ/SCS, Sent. N° 1010, Exp. 08-1259, 01/07/2009
Expediente08-1259
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2009-07-01
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 1 de julio de 2009, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por Ursulina Vallejo, confirmando el fallo del Juzgado Tercero Superior del Trabajo que había declarado sin lugar el recurso de apelación. La Sala analizó las alegaciones de la recurrente sobre la inaplicación de normas laborales y la falta de valoración de pruebas, concluyendo que no se evidenció el vicio denunciado en la sentencia recurrida.

Extracto de la motiva

Constituye criterio reiterado de esta Sala, que con el recurso de casación se persigue la nulidad del fallo dictado en contravención de la ley. Sus efectos anulatorios ponen de manifiesto la importancia de este medio de impugnación, que sólo procede en materia laboral por los motivos señalados en los numerales 1, 2 y 3 del artículo 168 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En tal sentido, se requiere que la formalización del recurso de casación cumpla con los siguientes requisitos: 1) la indicación de los supuestos de casación contenidos en el artículo 168 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; 2) la cita o el señalamiento de los artículos que se consideren infringidos; 3) las razones o fundamentos en que se apoya la denuncia, para así evidenciar en forma precisa dónde se localiza el vicio que se delata.

Dispositiva

En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación legal de la parte demandante Ursulina Vallejo; 2) CONFIRMA el fallo proferido por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 15 de abril de 2008.

Palabras clave

prescripciónnotificacióntrabajodocumentalreclamaciónincomparecencia

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