Sentencia N° 1009 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de mayo de 2007

TSJ/SCS, Sent. N° 1009, Exp. 06-933, 17/05/2007
Expediente06-933
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2007-05-17
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 17 de mayo de 2007, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Mérida. La decisión se fundamenta en que el recurso no se ajusta a los fines establecidos por la ley, al no evidenciar violaciones a normas de orden público ni a la doctrina jurisprudencial de la Sala.

Extracto de la motiva

En este orden de ideas, agrega la impugnante: (…) por esta razón procesal el Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, ordena un nuevo auto de Avocamiento (sic) y notificación debido a que no se ha notificado a la Empresa (sic) demandada “Full Ganga 2.002 C.A.” según consta en el Acta procesal en el folio 38 debido a que esa era la Empresa (sic) emplazada de acuerdo con el acto (sic) de Admisión (sic) que cursa en el folio 13 del presente expediente y que está plenamente identificada en los folios 5 al 12 de la presente causa; por lo tanto la prenombrada Empresa (sic) demandada, quedó formalmente notificada el día 30 de Junio año 2.005 (sic) según consta en el acta Procesal (sic) que cursa al Folio (sic) 39; cuando había transcurrido un (1) año, dos (2) meses y dieciséis (16) días calendarios consecutivos, contado (sic) desde la fecha de la finalización de la relación laboral, el día 14 de Abril al 30 de Junio año 2.005 (sic). Por esta circunstancia procesal, alego (sic) durante toda la etapa procesal en defensa de los derechos e intereses de mi representada, LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN LABORAL, intentada en contra de mi representada de conformidad con lo previsto en los Artículos 61 y 64 literal “A” ambos de la Ley Orgánica del Trabajo (…). Ahora bien, del análisis del hilo argumental expuesto por la recurrente, así como de la sentencia impugnada y las restantes actas que conforman el expediente, se colige que la decisión sujeta a revisión se encuentra ajustada a derecho, sin denotarse violación alguna de normas informadas por el orden público, ni de la reiterada doctrina jurisprudencial de la Sala; en consecuencia, visto que el alcance de la solicitud de control de la legalidad no se ajusta a los fines del recurso, debe necesariamente declararse su inadmisibilidad. Así se resuelve.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra la sentencia de fecha 15 de mayo de 2006, emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial arriba identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

cobro de prestacionescontrol de la legalidadprescripción laboralrelación laboralJuzgado SuperiorLey Orgánica del TrabajoCódigo de Procedimiento Civilinadmibilidad

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