Sentencia N° 1002 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de mayo de 2007

TSJ/SCS, Sent. N° 1002, Exp. 07-120, 17/05/2007
Expediente07-120
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2007-05-17
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por los ciudadanos demandantes contra la decisión del Juzgado Cuarto Superior del Trabajo del Estado Bolívar. La Sala argumentó que, a pesar de que se alegaron violaciones a normas de orden público, no se evidenció que la decisión recurrida transgrediera el Estado de Derecho ni que contraviniera la jurisprudencia reiterada de la Sala.

Extracto de la motiva

Alega el recurrente que la decisión recurrida violó normas de orden público, contraviniendo lo establecido en el artículo 89, ordinal 3° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 9° de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, artículo 10 de la Ley Orgánica del Trabajo, cuando el Juez de la recurrida invirtió el principio pro operario en la duda, que manifiesta por desconocer la jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia al beneficiar a la empresa empleadora bajo el criterio del Derecho Civil atentando contra el principio de la aplicación de una justicia equitativa como lo estipula el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 2° de la Ley Orgánica del Trabajo, contrariando lo consagrado en los artículos 66 y 67 Ley Orgánica Procesal del Trabajo, lo cual luego de un análisis exhaustivo de la sentencia recurrida, y de los términos en que fue decidida la controversia, observa la Sala que el Juez no incurrió en violación de las normas denunciadas que en definitiva transgredirían el Estado de Derecho, razón por la cual la recurrida no incurre en violaciones del orden legal establecido, motivo por el cual se declara inadmisible el recurso interpuesto.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la decisión dictada por el Juzgado Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en fecha 27 de octubre de 2006. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.

Palabras clave

cobro de prestacionesrecurso de controlviolaciones de orden públicojurisprudencia laboralprincipio pro operarioEstado de DerechoLey Orgánica Procesal del Trabajo

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