Sentencia N° 1000 — Sala de Casación Social del TSJ, 30 de octubre de 2013
TSJ/SCS, Sent. N° 1000, Exp. 11-1119, 30/10/2013
Expediente11-1119
PonenteCARMEN ESTHER GÓMEZ CABRERA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2013-10-30
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso de casación interpuesto por el ciudadano Rafael Coromoto Guadama contra el fallo del Juzgado Superior Quinto del Trabajo, que había confirmado la decisión de primera instancia que declaró sin lugar la demanda por cobro de prestaciones sociales. La Sala argumenta que no se incurrió en quebrantamiento de formas sustanciales del proceso y que la prueba de informes promovida por el demandante no era idónea para demostrar la naturaleza laboral de la relación entre las partes.
Extracto de la motiva
Como se observa de la transcripción supra citada el formalizante señala que, la sentencia recurrida incurrió en el vicio de quebrantamiento de formas sustanciales del proceso afectando el derecho a la defensa del demandante, por violación de los artículos 69, 70, 81 y 152 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con los artículos 206, 208, 15 y 216 del Código de Procedimiento Civil, manifestando que el sentenciador de alzada debió anular el fallo de primera instancia y reponer la causa hasta el estado de la audiencia de juicio y evacuar todas y cada una de las pruebas oportunamente promovidas y admitidas, indicando que una de ellas no fue evacuada por el respectivo Juzgado Octavo de Juicio del Circuito Laboral del estado Zulia, como lo fue la prueba de informes requerida, concerniente a la Gerencia Nacional de Tributos Internos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, mediante la cual se le solicitó información sobre las retenciones efectuadas por la sociedad mercantil GOODLINES, C.A., a la sociedad mercantil GRECO REPRESENTACIONES, C.A., en los últimos siete (7) años, así como las fechas, los tipos de documentos, montos y conceptos señalados en los comprobantes de Retención del Impuesto Sobre la Renta sobre los que efectuó dichas retenciones, remitiendo copia de los mismos, a los efectos de demostrar que se efectuaban como honorarios no mercantiles, la periodicidad de las mismas y en definitiva a su criterio, comprobar que la remuneración percibida por el demandante era salario, conforme a lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica del Trabajo.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante ciudadano RAFAEL COROMOTO GUADAMA, contra el fallo dictado por el Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Maracaibo, en fecha 26 de julio del año 2011. En consecuencia, se CONFIRMA el fallo impugnado. Se condena en costas del recurso, a la parte demandante recurrente, conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
cobro de prestacionesderecho a la defensaproceso laboralpruebassentenciaLey Orgánica Procesal del Trabajodebido proceso