Sentencia N° 10 — Sala de Casación Social del TSJ, 21 de enero de 2011
TSJ/SCS, Sent. N° 0010, Exp. 09-1207, 21/01/2011
Expediente09-1207
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2011-01-21
DecisiónParcialmente Con Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por Edgardo Enrique Colmenares Riera contra la sentencia del Tribunal Superior Quinto del Trabajo, que había declarado sin lugar el recurso de apelación y parcialmente con lugar la demanda. La Sala consideró que la parte demandada no compareció a la audiencia de juicio, incurriendo en confesión ficta, lo que debió ser tomado en cuenta para la decisión sobre las indemnizaciones reclamadas por el demandante por su enfermedad ocupacional.
Extracto de la motiva
En el presente caso, los hechos más relevantes alegados por el demandante y admitidos por la demandada, en virtud de su incomparecencia a la audiencia de juicio son: que comenzó a prestar servicios para Corporación Habitacional El Soler, C.A. el 28 de febrero del año 2007, que se desempeñaba en la accionada como cabillero, que en la realización de sus labores debía estar de pie de forma prolongada, que manejaba cargas pesadas (de 6 Kg. Hasta 97 Kg.), debía realizar esfuerzo postural de flexo extensión y lateralización del tronco, actividades repetitivas de la columna vertebral, bajar y subir escalones de 17 cms. y en espacios reducidos; que devengaba un salario semanal de Bs.F. 323,29; el padecimiento de una enfermedad agravada por el trabajo, a saber, DISCOPATÍA LUMBAR CON L5-S1, la cual le ocasiona al accionante una DISCAPACIDAD PARCIAL Y PERMANENTE para la realización de actividades laborales donde se exponga a cargas pesadas, subir y bajar escaleras y posturas de flexo extensión de la columna lumbar; asimismo afirmó el trabajador que la empresa accionada no cuenta con un programa de prevención de accidentes; que no le notificaron los riesgos a los que estaba expuesto por su labor; que la empresa no tiene Comité de Higiene y Seguridad y que carece de un programa de adiestramiento. Asimismo afirmó que la relación laboral culminó por despido injustificado el día 21 de junio del año 2008. Si bien alegó no estar inscrito en el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, tal hecho quedó desvirtuado mediante la fórmula 14-02, que fue consignada por el propio demandante, documento del cual se evidencia que éste estuvo inscrito en dicho ente, desde el 22 de junio del año 2007.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte actora contra el fallo dictado por el Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 06 de agosto del año 2009. En consecuencia, se ANULA el fallo impugnado y se resuelve 2) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano EDGARDO ENRIQUE COLMENARES RIERA contra CORPORACIÓN HABITACIONAL EL SOLER, C.A.
Palabras clave
indemnizaciónaccidente de trabajoconfesión fictaenfermedad ocupacional