Sentencia N° 482 — Sala de Casación Penal del TSJ, 26 de julio de 2005
TSJ/SCP, Sent. N° 482, Exp. 04-0362, 26/07/2005
Expediente04-0362
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2005-07-26
DecisiónANULA DE OFICIO
Resumen
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia anula de oficio la sentencia dictada el 1° de julio de 2004 por la Sala Accidental N° 24 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta. Esta decisión se basa en la consideración de que el procedimiento seguido para la estimación e intimación de honorarios profesionales no cumplió con las disposiciones legales pertinentes, afectando el derecho a la defensa y al debido proceso. La Sala ordena la remisión del expediente a otra Sala Accidental para que resuelva el recurso de apelación interpuesto por el abogado del ciudadano intimado.
Extracto de la motiva
En el caso bajo análisis, la causa petendi se origina y deviene con motivo de una condenatoria en costas en un juicio penal que a su vez dio origen a la reclamación o demanda por Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales incoada en contra de la parte perdidosa en la causa original. Siendo que no hubo un pronunciamiento expreso de la cuantía de las costas por parte del tribunal que hizo tal pronunciamiento, lo cual no fue advertido, tratado ni resuelto de alguna manera por el A quo cuando se le interpuso la correspondiente demanda. En consecuencia, debe censurarse la conducta de la recurrida, por la inadvertencia con respecto al procedimiento errado que se llevó a cabo para resolver la controversia planteada, violando de esta manera disposiciones de orden público, por cuanto lo procedente para determinar la estimación de la demanda, es acudir al procedimiento ordinario, como ha quedado expuesto.
Dispositiva
ANULA DE OFICIO la sentencia dictada el 1° de julio de 2004 por la Sala Accidental N° 24 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta y ordena la remisión del expediente al Presidente de ese Circuito Judicial Penal, para que lo remita a otra Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del mismo Circuito Judicial Penal y resuelva el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano abogado RIGOBERTO OLIVEROS NAVARRO, apoderado judicial del ciudadano intimado y dé cumplimiento a lo decidido.
Palabras clave
honorarios profesionalescostas procesalesanulación de sentenciaderecho a la defensadebido procesoCorte de Apelacionesprocedimiento ordinario