Sentencia N° 475 — Sala de Casación Penal del TSJ, 29 de septiembre de 2009
TSJ/SCP, Sent. N° 475, Exp. C09-130, 29/09/2009
ExpedienteC09-130
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2009-09-29
DecisiónDesestimado por manifiestamente infundado
Resumen
La Corte de Apelaciones Sala N° 8 declaró SIN LUGAR el recurso de apelación contra el sobreseimiento de la causa seguida contra RAIF EL ARIGIE HARBIE. El Tribunal de Control fundamentó su decisión en la falta de tipificación del hecho en la ley vigente al momento de los hechos, aplicando el principio de irretroactividad de la ley penal. Posteriormente, se interpuso un recurso de casación por parte de los abogados de las víctimas, alegando diversas infracciones legales en la decisión de la Corte de Apelaciones.
Extracto de la motiva
La Sala, para decidir, observa: Como puede observarse, el recurrente propone siete denuncias en el recurso de casación atribuidos a la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones que confirmó el sobreseimiento de la causa. Sin embargo, revisados los fundamentos del recurso anteriormente expuestos, la Sala observa que la mayoría de los vicios denunciados no son atribuibles a la Corte de Apelaciones sino al Tribunal de Control y al Representante del Ministerio Público, lo cual evidencia que lo pretendido por el recurrente es una nueva revisión del asunto planteado en instancia. Debe recordarse que el recurso extraordinario de casación es para corregir vicios de derecho cometidos por las Cortes de Apelaciones, no para revisar el asunto, en una tercera instancia.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESESTIMADO POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación propuesto el apoderado judicial de las víctimas ciudadanas ELYS ADRIANA PIÑATE CALDERA y ÚRSULA MARGARITA RAMOS DE QUINTANA, de conformidad con el artículo 465 del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese, regístrese, ofíciese lo conducente y remítase el expediente.
Palabras clave
sobreseimientorecurso de casacionaccidente laboralirretroactividadresponsabilidad penalley organica de prevencioncodigo organico procesal penal