Sentencia N° 42 — Sala de Casación Penal del TSJ, 31 de julio de 2013

TSJ/SCP, Sent. N° 042, Exp. C13-344, 12/02/2014
ExpedienteC13-344
PonenteYANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2013-07-31
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia N° 019-13, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por DARÍO SEGUNDO ECHETO OCHOA, quien cuestionaba la decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia que había confirmado el sobreseimiento de la causa por extinción de la acción penal. La Sala fundamentó su decisión en la falta de legitimación del recurrente para actuar en el proceso, ya que no se demostró su carácter de víctima ni se presentó poder notariado que lo autorizara a representar a las víctimas directas del caso.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Penal, al analizar el recurso de casación, observó que el ciudadano DARÍO SEGUNDO ECHETO OCHOA no tenía la cualidad de víctima, ni constaba en el expediente un poder notariado que lo autorizara para actuar en representación de PEDRO CLAVER OLASCUAGA CHÁVEZ. En consecuencia, se concluyó que el recurso era inadmisible, ya que la ley exige que solo la persona que ostente la calidad de víctima puede interponer un recurso de casación. La Sala enfatizó la importancia de la legitimación en los procesos penales y la necesidad de que los abogados que representan a las partes actúen conforme a lo establecido en el Código Orgánico Procesal Penal.

Dispositiva

Por lo expuesto, la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, declara SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por el ciudadano DARÍO SEGUNDO ECHETO OCHOA, asistido por el abogado ÉDGAR MANUCCI, en virtud de la falta de legitimación activa para interponer el presente recurso.

Palabras clave

casaciónderechos humanossobreseimientolegitimaciónEstado Zulia

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