Sentencia N° 417 — Sala de Casación Penal del TSJ, 17 de noviembre de 2003

TSJ/SCP, Sent. N° 417, Exp. CC03-0394, 17/11/2003
ExpedienteCC03-0394
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2003-11-17
DecisiónCon Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, se pronunció sobre la competencia para conocer de la causa seguida a funcionarios adscritos al Comando Regional N° 2 de la Guardia Nacional por la presunta comisión de delitos de abuso de autoridad, contra las personas y la propiedad. Se determinó que los hechos ocurrieron durante un operativo de inspección realizado por el Instituto para la Defensa y Educación del Consumidor y del Usuario (INDECU) en la ciudad de Valencia, Estado Carabobo, el 17 de enero de 2003.

Extracto de la motiva

Al examinar las actuaciones que cursan en el expediente, así como las disposiciones anteriormente transcritas, queda entendido que los funcionarios adscritos al Comando Regional N° 2 de la Guardia Nacional, actuaron como unidad de apoyo al Instituto para la Defensa y Educación del Consumidor y del Usuario (INDECU), Región Carabobo, para realizar el operativo de inspección en la ciudad de Valencia, Estado Carabobo, el día 17 de enero de 2003, de acuerdo con lo establecido en el artículo 86 ordinal 2° de la Ley de Protección al Consumidor y al Usuario. Establece el artículo 261 de la Constitución Bolivariana de la República de Venezuela, que los delitos comunes serán juzgados por los tribunales ordinarios y la competencia de los tribunales militares se limitará a delitos de naturaleza militar, en consecuencia ha de entenderse que esos delitos son infracciones que atenten contra los deberes militares. No existe fuero castrense en razón de las personas que cometan o sean víctimas de delitos, sino que la jurisdicción sigue la naturaleza de la infracción.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA COMPETENTE PARA CONOCER de la causa seguida a los Funcionarios Adscritos al Comando Regional N° 2 de la Guardia Nacional, por la presunta comisión de los delitos de ABUSO DE AUTORIDAD, CONTRA LAS PERSONAS Y LA PROPIEDAD, AL TRIBUNAL DE CONTROL N° 3 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO. Se ordena enviar copia de esta decisión al Juzgado Militar Segundo de Primera Instancia Permanente de Maracay, Estado Aragua. Publíquese, regístrese y remítase el expediente. Ofíciese lo conducente.

Palabras clave

competenciaabuso de autoridadGuardia NacionalLey de Protección al Consumidorinspeccióndelitos militaresINDECUEstado Carabobo

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