Sentencia N° 247 — Sala de Casación Penal del TSJ, 4 de mayo de 2015

TSJ/SCP, Sent. N° 247, Exp. A13-472, 04/05/2015
ExpedienteA13-472
PonenteFRANCIA COELLO GONZÁLEZ
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2015-05-04
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por Víctor Manuel Viloria Velázquez, quien alegó vulneración de derechos en un proceso penal. La Sala fundamenta su decisión en que el recurso de apelación interpuesto por el solicitante fue declarado inadmisible por la Sala 5 de la Corte de Apelaciones, lo que generó una sentencia con autoridad de cosa juzgada. Se establece que la falta de representación legal adecuada en el proceso impide la revisión de la decisión anterior.

Extracto de la motiva

La potestad para que el Tribunal Supremo de Justicia solicite algún expediente y se avoque a conocerlo está expresada en el artículo 31, numeral 1, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en concordancia con el artículo 106 de la misma ley, los cuales establecen lo siguiente: 'Competencias comunes de las Salas Artículo 31. Son competencias comunes de cada Sala del Tribunal Supremo de Justicia: 1. Solicitar de oficio, o a petición de parte, algún expediente que curse ante otro tribunal y avocarlo en los casos que dispone esta Ley'. En esta oportunidad, se observa del escrito presentado que el juicio a cuyo conocimiento se pretende que se avoque esta Sala, lo constituye el proceso seguido en contra de los ciudadanos Mariela Josefina Bolívar Ortega, María Teresa Ortega de Bolívar, Isaac Cohén Agai, David Bassan Bali, Marco Goldentaier Schneider, José Benzaquén Muercián y Abraham Hammer Becher, por la supuesta comisión de un hecho punible; siendo así, se concluye que el caso de autos es de naturaleza penal y, por tanto, es afín con la materia propia de esta Sala, ya que en dicho trámite se discute si se ha incurrido en un injusto de este tipo.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la SOLICITUD DE AVOCAMIENTO propuesta por el ciudadano VÍCTOR VILORIA VELÁSQUEZ, asistido por la abogada María Fernanda Galarraga, en relación con la causa penal identificada con el número 13-3442, que cursó ante la Sala Cinco de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, seguida a los ciudadanos MARIELA JOSEFINA BOLÍVAR ORTEGA, MARÍA TERESA ORTEGA DE BOLÍVAR, ISAAC COHÉN AGAI, DAVID BASSAN BALI, MARCO GOLDENTAIER SCHNEIDER, JOSE BENZAQUÉN MUERCIÁN y ABRAHAM HAMMER BECHER, por la presunta comisión de uno de los delitos 'Contra la Cosa Pública'.

Palabras clave

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