Sentencia N° 242 — Sala de Casación Penal del TSJ, 30 de mayo de 2006

TSJ/SCP, Sent. N° 242, Exp. C06-0032, 30/05/2006
ExpedienteC06-0032
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2006-05-30
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara con lugar el recurso de casación interpuesto por los apoderados del intimado John Ralston Pate. Se ordena la reposición de la causa al estado de apertura del lapso establecido en el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil, debido a que el Juzgado Vigésimo de Control no cumplió con la apertura de la articulación probatoria solicitada. La decisión se fundamenta en la infracción de normas procesales que garantizan el derecho a la defensa.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la recurrida efectivamente, en vez de proceder a anular el fallo de fecha 18 de marzo de 2005, emitido por el Juzgado Vigésimo de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, tribunal que ha debido en su decisión dar apertura al lapso establecido en el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil, de acuerdo con el artículo 22 de la Ley de Abogados que en su único aparte, establece que 'la reclamación que surja en juicio contencioso acerca del derecho a cobrar honorarios por parte del abogado, será sustanciada y decidida de conformidad con lo establecido en el artículo 386 del Código de Procedimiento Civil y, la relación de la incidencia, si surgiere, no excederá de diez audiencias'.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR el recurso interpuesto por los apoderados del ciudadano JOHN RALSTON PATE (intimado). REPONE la causa para que se de apertura del lapso establecido en el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil por parte del Juzgado Vigésimo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Área Metropolitana de Caracas. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Juzgado Vigésimo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Área Metropolitana de Caracas.

Palabras clave

honorarioscobroapelacióndefensaproceso penalrecurso de casaciónarticulación probatoria

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