Sentencia N° 204 — Sala de Casación Penal del TSJ, 4 de mayo de 2007
TSJ/SCP, Sent. N° 204, Exp. E06-0540, 04/05/2007
ExpedienteE06-0540
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2007-05-04
DecisiónImprocedente
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara improcedente la solicitud de extradición de las ciudadanas Vaneska Margarita Ferris Cordero y Vanesa Josefina Ferris Cordero, al considerar que ha operado la prescripción de la acción penal por los delitos de estafa y usura. Se establece que los hechos ocurrieron el 26 de enero de 2001 y que la medida de privación judicial preventiva de libertad fue decretada el 10 de marzo de 2006, transcurriendo un tiempo superior al establecido para la prescripción.
Extracto de la motiva
La prescripción de la acción penal fue considerada en virtud que “...desde que ocurrieron los hechos enjuiciados, el 26 de enero de 2001, hasta que se dictó la medida de privación judicial preventiva de libertad el 10 de marzo de 2006, transcurrió un tiempo muy superior al establecido en el artículo 108 ordinal 5° del Código Penal vigente para el momento, específicamente los tres años para que operara tal prescripción se cumplieron el 26 de enero de 2004, sin que entre ambas fechas conste que se haya producido ningún otro acto que interrumpiera el curso de la prescripción...”.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, DECLARA IMPROCEDENTE LA SOLICITUD DE EXTRADICIÓN de las ciudadanas VANESKA MARGARITA FERRIS CORDERO y VANESA JOSEFINA FERRIS CORDERO, venezolanas, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nros. 9.682.778 y 9.682.777, al Gobierno de los Estados Unidos de América. Publíquese, regístrese y archívese el expediente. Ofíciese lo conducente.