Sentencia N° 185 — Sala de Casación Penal del TSJ, 9 de junio de 2004
TSJ/SCP, Sent. N° 185, Exp. CC04-0021, 09/06/2004
ExpedienteCC04-0021
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2004-06-09
DecisiónCon Lugar
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, decide declinar la competencia en favor de la Sala Político Administrativa para conocer de la demanda interpuesta por ALEXIS JOSÉ BRACHO GUERRA contra la República Bolivariana de Venezuela. La decisión se fundamenta en la responsabilidad patrimonial del Estado por los daños sufridos por el demandante, quien fue absuelto de un delito y reclama indemnización por daños y perjuicios. Se remite el expediente a la Sala Político Administrativa para su conocimiento.
Extracto de la motiva
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, consagra expresamente la responsabilidad patrimonial de la Administración Pública y como el ciudadano ALEXIS JOSÉ BRACHO GUERRA, presentó una demanda contra el Estado Venezolano, es oportuno transcribir los artículos constitucionales siguientes: “... Artículo 136. El Poder Público se distribuye entre el Poder Municipal, el Poder Estadal y el Poder Nacional. El Poder Público Nacional se divide en Legislativo, Ejecutivo y Judicial, Ciudadano y Electoral. Cada una de las ramas del Poder Público tiene sus funciones propias, pero los órganos a los que incumbe su ejercicio colaborarán entre sí en la realización de los fines del Estado”. “... Artículo 140. El Estado responderá patrimonialmente por los daños que sufran los o las particulares en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que la lesión sea imputable al funcionamiento de la Administración Pública”. “... Artículo 259. La Jurisdicción contenciosoadministrativa corresponde al Tribunal Supremo de Justicia y a los demás tribunales que determine la ley. Los órganos de la jurisdicción contenciosoadministrativa son competentes para anular los actos administrativos generales o individuales contrarios a derecho, incluso por desviación de poder; condenar el pago de sumas de dinero y a la reparación de daños y perjuicios originados en responsabilidad de la Administración; conocer de los reclamos por la prestación de servicios públicos y disponer lo necesario para el restablecimiento de las situaciones jurídicas subjetivas lesionadas por la actividad administrativa”.
Dispositiva
Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declina la competencia en la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia para conocer de la demanda incoada por el ciudadano ALEXIS JOSÉ BRACHO GUERRA, contra la República Bolivariana de Venezuela. Remítase el expediente a la Sala Político Administrativa y copias certificadas de la presente decisión a la Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia y al Juzgado Primero de Juicio del referido Circuito Judicial Penal. Publíquese, regístrese y bájese el expediente.
Palabras clave
responsabilidad patrimonialindemnizacióndaños y perjuiciosEstado venezolanojurisdicción contenciosoadministrativaabsoluciónreclamacióncompetencia