Sentencia N° 138 — Sala de Casación Penal del TSJ, 6 de mayo de 2014

TSJ/SCP, Sent. N° 138, Exp. C13-267, 06/05/2014
ExpedienteC13-267
PonenteYANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2014-05-06
DecisiónPERECIDO

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 6 de mayo de 2014, declaró perecido el recurso de casación interpuesto por el abogado HERIBERTO DURÁN ORTIZ, en representación de EDUARDO KRULIG SCHATTEN, contra la sentencia dictada el 8 de mayo de 2013 por la Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones. La Sala observó que el recurrente no cumplió con los requisitos de fundamentación establecidos en el Código de Procedimiento Civil, lo que llevó a la conclusión de que no se había demostrado la existencia de un estado de indefensión.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la denuncia de indefensión requiere de una técnica, y en el caso que nos ocupa, el recurrente no cumplió con la correcta técnica de formalización, pues no precisó si tal lesión fue cometida por el juez de la causa o por el juez de la recurrida, y se limitó a denunciar la violación de los artículos 15 y 208 del Código de Procedimiento Civil, sin indicar las normas concretas, cuya violación demuestren el estado de indefensión alegado. Constituye requisito impretermitible para determinar la ocurrencia de un vicio de indefensión, que en autos haya ocurrido la violación de formas procesales y que ellas hayan dado como consecuencia de una disminución o negación del derecho de defensa de la parte recurrente; y que esa disminución o negación sea producto de una actuación u omisión del Juez o Jueza, siempre y cuando no haya sido consentido tácita o expresamente por la parte perjudicada.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PERECIDO, el recurso de casación interpuesto por el ciudadano abogado HERIBERTO DURÁN ORTIZ, apoderado judicial del ciudadano EDUARDO KRULIG SCHATTEN, en contra de la sentencia dictada el 8 de mayo de 2013, por la Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. Publíquese, regístrese y ofíciese lo conducente.

Palabras clave

honorariosdefensaincidenciaCPCCorte de Apelacionessentenciaderecho a la defensa

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