Sentencia N° 709 — Sala de Casación Civil del TSJ, 10 de noviembre de 2023

TSJ/SCC, Sent. N° 000709, Exp. 23-504, 10/11/2023
Expediente23-504
PonenteJOSÉ LUIS GUTIÉRREZ PARRA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2023-11-10
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso extraordinario de casación interpuesto por el abogado Luis Enrique Mesa Rubio contra la sentencia del Tribunal Superior Segundo que había confirmado la decisión de un juzgado inferior que desestimó su pretensión de cobro de honorarios profesionales. La Sala argumenta que el demandante no logró demostrar la existencia de un acuerdo de pago por la cantidad reclamada, y que las pruebas presentadas no eran suficientes para desvirtuar la decisión del tribunal inferior.

Extracto de la motiva

motivación…”, que a criterio de la Sala, nada precisan a los efectos de hacer conocer lo planteado. Ahora bien, textualmente, ambas denuncias son similares. En la presente denuncia, aunque en principio se afirma la existencia de varios vicios, (infracción de ley y defecto de actividad), siendo que el escrito de formalización debe ser analizado en forma integral, para la Sala resulta IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 39 de 46 absolutamente ilógico, que con iguales fundamentos se pretenda la procedencia de distintas infracciones. No es correcto pretender que por descarte la Sala declare procedente alguna de las tantas infracciones que el formalizante afirma, pero es absolutamente necesario, y constituye carga esencial para quien recurre, cumplir, tanto con lo dispuesto en el artículo 317 del Código de Procedimiento Civil, como con el criterio que respecto a la técnica de formalización, en forma pacífica y reiterada ha sido sostenido en numerosos fallos, como el N° 555, de fecha 24 de noviembre de 2010 (caso: Teodosia Silva de Luna contra Pablo Jesús Alvarado y otro), en el cual la Sala determinó lo que sigue: “…En este sentido, respecto a la técnica para formalizar el recurso de casación esta Sala en sentencia Nº 326 de fecha 11 de junio de 2009, caso Sayda Josefina Díaz contra Eni Marisol Angelini Rojas, entre otras sentencias, señaló lo siguiente: “…La fundamentación, como ya lo ha explicado la doctrina de la Sala, es la carga procesal más exigente impuesta al recurrente como requisito esencial de la formalización, por su amplitud, complejidad y trascendencia. Requiere el desarrollo de razonamientos sometidos a una lógica clara y concreta, y al mismo tiempo a los principios que, primordialmente, la jurisprudencia de este Alto Tribunal ha venido elaborando. En este sentido, ha sido pacífica y reiterada la doctrina de esta Sala, en sentencia Nº 274 del 31 de mayo de 2005, caso Aminta Olimpia Saturno Galdona contra Fernando Alberto Fersaca Ant

Dispositiva

Se declara SIN LUGAR el recurso extraordinario de casación propuesto por el demandante, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Circuito Judicial Civil de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, en fecha 12 de junio de 2023. Se CONDENA EN COSTAS del recurso extraordinario de casación al demandante recurrente.

Palabras clave

casaciónprocedimiento civilinfraccióncarga procesaljurisprudenciasentenciarecurso extraordinario

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