Sentencia N° 513 — Sala de Casación Civil del TSJ, 28 de octubre de 2022

TSJ/SCC, Sent. N° 000513, Exp. 20-158, 28/10/2022
Expediente20-158
PonenteJOSÉ LUIS GUTIÉRREZ PARRA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2022-10-28
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia dictó sentencia en el caso de estimación e intimación de honorarios profesionales, confirmando el derecho al cobro de honorarios por actuaciones extrajudiciales. Se estableció un monto máximo de noventa y nueve millones quinientos sesenta mil bolívares como honorarios mínimos. Además, se ordenó la indexación judicial de la cantidad condenada y se remitió el expediente al Juzgado Segundo de Primera Instancia para la constitución del tribunal retasador.

Extracto de la motiva

motivar la decisión asentó, lo siguiente: “En este orden de ideas, el legislador ha establecido dos vías o reglas de trámite para el juicio de honorarios profesionales: el juicio breve, cuando se trate de reclamo de actuaciones extrajudiciales -como en el presente caso-...”, y aún así, no decretó la reposición de la causa. IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 4 de 67 Conforme a lo descrito, la recurrida no obstante al observar que la demanda versaba por cobro de honorarios profesionales extrajudiciales, y que el procedimiento fue sustanciado bajo el marco de un procedimiento distinto al que prevé la ley para este motivo, no cumplió con el mandato y la obligación que le imponen los artículos 206 y 208 del Código de Procedimiento Civil, pues debía verificar si el juicio se desarrolló bajo un debido proceso en el que se tuviere las garantías procesales para un mejor ejercicio del derecho a la defensa. En este orden, establecen los artículos 206 y 208 del Código de Procedimiento Civil, lo siguiente: (…Omissis…) Lejos de ello, la recurrida al no meditar siquiera la reposición de la causa al estado de admisión de la demanda, violentó el derecho a mí defensa y a la defensa de mi patrocinado, pues vulneró flagrantemente la forma legal establecida para sustanciar el juicio de intimación de honorarios profesionales extrajudiciales, siendo el cumplimento de esta forma de estricto orden público, y en caso de quebrantamiento, no es convalidable por las partes. Es indudable, que en el procedimiento escogido para tramitar el juicio que nos ocupa, se evidencia una lesión al derecho constitucional a la defensa, toda vez que el proceso que se usó para llevar a feliz término el juicio, es más breve y por supuesto prevé menos oportunidades de intervención para las partes, pues el procedimiento legal que debía regir la pretensión de reclamación de honorarios extrajudiciales contempla un lapso más amplio para promover y evacuar pruebas, ello, según lo establecido e

Dispositiva

Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas de conformidad a lo establecido en el artículo 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogado ENIT DEL VALLE PALOMO ORTIZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°:139.738, actuando en su propio nombre y representación, así como con su condición de co-apoderada judicial del ciudadano EDGAR ANTONIO PALOMO ORTIZ, en contra de la decisión dictada en fecha 20 de septiembre de 2018 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en el juicio de ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES. En consecuencia, se CONFIRMA la decisión recurrida en los términos supra expuestos. Se condena en costas a la parte recurrente de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.

Palabras clave

honorariosdebido procesodefensaprocedimiento civilreposiciónley de abogadosindefensión

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca