Sentencia N° 481 — Sala de Casación Civil del TSJ, 26 de julio de 2023

TSJ/SCC, Sent. N° 000481, Exp. 23-284, 26/07/2023
Expediente23-284
PonenteCARMEN ENEIDA ALVES NAVAS
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2023-07-26
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar el recurso extraordinario de casación interpuesto por los ciudadanos Carlos Alberto Padrinos y otros, contra la sentencia del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de Monagas. La decisión se fundamenta en la falta de motivación y en la correcta valoración de las pruebas presentadas en el juicio de interdicto restitutorio de posesión. Se condena a la parte demandante al pago de las costas del recurso.

Extracto de la motiva

motivación. El recurrente para soportar su denuncia alega textualmente lo siguiente: “…Acontece el ERROR IN PROCEDENDO, por el hecho de haber ocurrido una violación de una norma procesal, cuyo Derecho Procesal, viene a regular el modo, la oportunidad y el lugar en que se ha de realizar los actos procesales tendentes a la consecución de una sentencia justa. En este caso por haberse producido el VICIO DE LA SENTENCIA, que la afectan previsto en el artículo 243, en su numeral 4° del Código de Procedimiento Civil, y el cual dispone, lo siguiente: Omissis Se evidencia de la lectura y revisión del escrito de INFORMES, presentado en fecha del día veinte (20) del mes de Enero del año 2023, por ante el Tribunal Superior de Alzada, cursante bajo los folios del 280 al 285, todos inclusive, que los apoderados judiciales de mis representados, los Abogados: RAMON ORLANDO PINO GUZMAN y GUSTAVO HERNANDEZ BARRIOS, en su CAPITULO PREVIO INEXISTENCIA DEL PODER DE LA QUERELLADA, y que paso a transcribe, literalmente, lo siguiente: IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 2 de 40 Omissis Se pasa a realizar la explicación de cuál ha sido el quebrantamiento u omisión que lesionan el orden público, de la revisión y lectura de la sentencia recurrida, dictada, proferida y publicada en fecha del día Jueves veintitrés (23) del mes de Marzo del año Dos Mil Veintitrés. (2023), cursante por ante el CUADERNO PRINCIPAL, bajo los folios del 290 al 302, todos inclusive, decisión contra la cual se recurre de la sentencia de última instancia del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, que paso a transcribe, el expreso señalamiento del texto escrito de la sentencia proferida por el Tribunal Superior de Alzada y que paso a citar Omissis Se llega a evidenciar sin ningún lugar a dudas, que el juzgador Ad Quem, en el transcrito párrafo, descarta la DEFENSA PREVIA, alegada por los apoderados judiciales de mis r

Dispositiva

Se declara SIN LUGAR el recurso extraordinario de casación, anunciado y formalizado por los ciudadanos CARLOS ALBERTO PADRINOS, ALBERLYS NAIBETH PADRINO RAMOS y ANABEL JOSÉ PADRINOS RAMOS, contra la Sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, con sede en Maturín, en fecha 23 de marzo de 2023. Se CONDENA a la parte demandante al pago de las costas del recurso.

Palabras clave

inmotivacióndebido procesosentenciaCódigo de Procedimiento Civiljusticiaderecho a la defensa

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