Sentencia N° 445 — Sala de Casación Civil del TSJ, 11 de octubre de 2022
TSJ/SCC, Sent. N° 000445, Exp. 22-281, 11/10/2022
Expediente22-281
PonenteJOSÉ LUIS GUTIÉRREZ PARRA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2022-10-11
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso de hecho propuesto por la parte demandada contra el auto del 24 de mayo de 2022, que había inadmitido el recurso de casación. Se argumenta que la cuantía de la demanda no cumplía con los requisitos establecidos para acceder a la casación, ya que la pretensión fue cuantificada en 140.000 bolívares, inferior a los 750.000 bolívares requeridos para la admisibilidad del recurso. Además, se apercibe al abogado recurrente por su conducta al interponer un recurso que no cumplía con la cuantía necesaria.
Extracto de la motiva
Conforme a lo anterior, resulta inoficioso hacer un análisis sobre el resto de los presupuestos de procedencia del recurso de casación – oportunidad, legitimidad y recurribilidad-, ya que, los mismos deben concurrir a los efectos de dar acceso a la sede casacional. Así, se establece. De igual forma, ésta Sala no puede pasar por alto la censurable conducta del abogado recurrente al anunciar recurso de casación contra un fallo de un Juzgado Superior, que –a pesar de su irrecurribilidad por disposición de ley- a todas luces, es evidente que el juicio cursado en el precitado tribunal, actuando como alzada, no cumple con el requisito de la cuantía para su admisión. El proceso, por su naturaleza y fines, requiere que las partes, apoderados y abogados asistentes observen un adecuado comportamiento, pues es deber insoslayable de los intervinientes en el mismo, colaborar con la recta administración de justicia de conformidad con el artículo 8 del Código de ética Profesional del Abogado. Además, deben actuar en el proceso con lealtad y probidad, exponiendo los hechos conforme a la verdad y no interponiendo defensas manifiestamente infundadas que generan en la administración de justicia, un exceso jurisdiccional y el cúmulo de recursos que desgastan inútilmente al Estado Social del Derecho y de Justicia por un abusivo ejercicio recursivo contrario a la ética del proceso y al debido ejercicio de la profesión de abogado.
Dispositiva
SIN LUGAR el recurso de hecho propuesto por la parte demandada contra el auto del 24 de mayo del año 2022, dictado por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, denegatorio del recurso de casación anunciado contra la sentencia del 9 de mayo del año 2022, dictada por el referido juzgado superior. Se condena en costas del recurso al recurrente.
Palabras clave
desalojocasacióncuantíaética profesionaljusticiaabuso de derecho