Sentencia N° 352 — Sala de Casación Civil del TSJ, 30 de julio de 2002
TSJ/SCC, Sent. N° 352, Exp. 01-185, 30/07/2002
Expediente01-185
PonenteANTONIO RAMÍREZ JIMÉNEZ
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2002-07-30
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, bajo la ponencia del Magistrado Antonio Ramírez Jiménez, decidió declarar sin lugar el recurso de casación interpuesto por Ismael Medina Pacheco contra la sentencia del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de Caracas. La apelación se basó en la supuesta falta de poder del abogado Carlos Brender, quien actuó como representante de la parte demandada, lo que fue desestimado por la Sala al considerar válidas las actuaciones de Brender bajo el artículo 168 del Código de Procedimiento Civil, que permite la representación sin poder en ciertos casos.
La Sala analizó las denuncias de infracción de normas procesales y concluyó que no hubo quebrantamiento de formas sustanciales que afectaran el derecho de defensa del recurrente. Se destacó que la representación sin poder fue aceptada por el tribunal y que la decisión de la recurrida no incurrió en inmotivación, ya que se fundamentó adecuadamente en los hechos y el derecho aplicable. Finalmente, se condenó al recurrente en costas, conforme a lo dispuesto en el Código de Procedimiento Civil.
Extracto de la motiva
La Sala para decidir, observa: Sobre los particulares denunciados, la sentencia recurrida textualmente señaló: “...Por escrito de fecha 27 de febrero de 1998, el abogado Ismael Medina Pacheco, en su carácter de parte actora solicitó que no sea apreciado ni tenido en cuenta el escrito de fecha 25 de febrero de 1998 presentado por el abogado Carlos Brender, porque carece del poder. Asimismo ratificó el escrito de 05-03-98. Por su parte el abogado CARLOS BRENDER, presentó escrito en fecha 09 de marzo de 1998, en el cual adujo que su representación sin poder está fundada en el primer aparte del artículo 168 del Código de procedimiento Civil. ...De la revisión minuciosa del escrito de fecha 25 de febrero de 1998 se desprende del encabezamiento la norma en la cual se fundamenta el abogado CARLOS BRENDER para ostentar la representación sin poder de la parte demandada, es decir, lo hace de manera expresa tal y como lo sostiene nuestro máximo Tribunal en las decisiones supra transcritas. Así pues, queda establecido, que las actuaciones del abogado CARLOS BRENDER son válidas por haber hecho valer en forma expresa que la representación sin poder la ejercía con arreglo a lo dispuesto en el artículo 168 del Código de Procedimiento Civil, y así se declara...”.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto contra la sentencia dictada en fecha 30 de noviembre del 2000, por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas. Se condena al recurrente en las costas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 320 del Código de Procedimiento Civil. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al tribunal de la causa, Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas.
Palabras clave
recurso de casacioncumplimiento de contratorepresentacion sin poderderecho de defensainmobiliariaarrendamientocodigo de procedimiento civilcosa juzgada