Sentencia N° 277 — Sala de Casación Civil del TSJ, 1 de agosto de 2022
TSJ/SCC, Sent. N° 000277, Exp. 21-317, 01/08/2022
Expediente21-317
PonenteJOSÉ LUIS GUTIÉRREZ PARRA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2022-08-01
DecisiónPerecido
Resumen
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia declara perecido el recurso de casación interpuesto por la abogada Teresa Josefina Rojas Jiménez, actuando en nombre de la ciudadana Mirna Marilexis Díaz Palma. La decisión se basa en la falta de técnica en la fundamentación del recurso, lo que impide su admisión. Se condena en costas a la parte recurrente, conforme a lo establecido en el Código de Procedimiento Civil.
Extracto de la motiva
motivando que dicho contrato fue reconocido por los demandados y quedo (sic) totalmente valido (sic), vigente y reconocida su existencia por los demandados, encontrándose de acuerdo los demandados de la existencia del contrato verbal entre MIRNA MARILEXIS DÍAZ PALMA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°-13.727.122, y los ciudadanos RENNY GERARDO PINTO VASQUEZ, NAIRIM YARELYS RODRÍGUEZ GARCÍA Y RAÚL ALFONSO GUTIÉRREZ VILLAMIZAR. Ahora Bien. Ciudadano (sic) Magistrado (sic) De (sic) La (sic) Sala de Casación Civil, Es por demás notorio el profundo Fraude (sic) Procesal (sic) cometido por la Ciudadana (sic) Juez (sic) RUTH GUERRA MONTAÑEZ, quien Preside (sic) el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Lo Civil de la Circunscripción Judicial Del (sic) Estado Bolivariano (sic) De (sic) Miranda. Con sede en la Ciudad (sic) de los Teques, originando esta decisión, una profunda violación del derecho a la defensa, el debido proceso y la Tutela (sic) Judicial (sic) Efectiva (sic), ya que la ciudadana Juzgadora (sic) emitió su fallo, el día Doce (sic) (12) De (sic) Julio (sic) del Año (sic) Dos (sic) Mil (sic) Veintiuno (sic) (2021) "Es de hacer del conocimiento a la presente Sala De (sic) Casación Civil, que los días 12, 13, 14, l5, 16 del Mes (sic) de Julio (sic), correspondieron a la semana restringida de las actividades judiciales de los Tribunales (sic), originando esto, que los abogados en ejercicio y litigantes en los tribunales, no les permitían la entrada a la sede tribunalicia y consecuentemente al interior del recinto de los tribunales, a fin de tener acceso a los expedientes del cual tienen parte, lo que origino (sic) que durante los días 12, 13, 14, 15 y 16 no se pudiera ver el expediente 21613-20, llevado por el Tribunal de Primera Instancia, pero es el hecho aún más grave, es que la decisión es emitida el día 12 de julio (07) Del (sic) Presente (sic) Año IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 6 de 31 (sic), y el tr
Dispositiva
Se declara PERECIDO por falta absoluta de técnica en la fundamentación del recurso de casación anunciado y formalizado por la abogada Teresa Josefina Rojas Jiménez, actuando como apoderada judicial de la parte actora, ciudadana MIRNA MARILEXIS DÍAZ PALMA, contra la decisión dictada en fecha 30 de septiembre de 2021 por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, con sede en Los Teques. SE CONDENA EN COSTAS a la parte recurrente.
Palabras clave
fraude procesaldebido procesoderecho a la defensatutela judicialnulidadCódigo de Procedimiento Civiljuzgadosentencia