Sentencia N° 227 — Sala de Casación Civil del TSJ, 16 de mayo de 2025

TSJ/SCC, Sent. N° 000227, Exp. 24-576, 16/05/2025
Expediente24-576
PonenteHENRY JOSÉ TIMAURE TAPIA
MateriaCivil
Tipo de recursoReclamojudicial
Fecha de la decisión2025-05-16
DecisiónIMPROCEDENTE

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia declara improcedente el reclamo judicial interpuesto por la abogada Marysabel Osuna en representación de la sociedad mercantil INVERCORE, C.A., SUCRE. La decisión se basa en que el apoderado judicial no poseía la cualidad de abogado en ejercicio, lo que vicia de nulidad la actuación procesal. La Sala establece que la falta de representación legal adecuada impide el ejercicio válido del recurso de hecho.

Extracto de la motiva

tanto las partes como el juez, están autorizados para controlar la válida instauración del proceso, advirtiendo los vicios en que haya incurrido el demandante respecto a la satisfacción de los presupuestos procesales. Así se declara. Esta Alzada (sic) en total apego a los artículos up (sic) supra citados y la jurisprudencia que antecede considera que es concluyente e imperativo sostener que la persona que presenta la diligencia no ostenta la cualidad para ejercer el recurso de hecho, es decir, por tanto la persona que se presenta como apoderado de la demandada no podía representarla judicialmente, resultando así tanto la diligencia como la interposición del aludido recurso contrario a derecho, debido a que tal como se indicó anteriormente ninguna persona puede representar judicialmente a otra sin ser un profesional del derecho, por lo que al verificarse que la Sociedad (sic) Mercantil (sic) Invercore, C.A., Sucre, no contó con un apoderado legalmente constituido, siendo el caso que dicha representación no puede ser suplida, ni convalidado aun cuando el ciudadano Jhonny Aboul Hosn Yabrudy, estaba siendo asistido al momento de introducir la diligencia por una abogada en ejercicio. Por tales motivos el presente recurso de hecho se tiene como no presentado. Y así se decide…”. (Destacado de lo transcrito).

Dispositiva

IMPROCEDENTE el reclamo interpuesto en fecha 24 de septiembre de 2024, por la abogada Marysabel Osuna, en su condición de apoderada judicial de la sociedad mercantil INVERCORE, C.A., SUCRE.

Palabras clave

reclamo judicialimprocedenterepresentación legal

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