Sentencia N° 193 — Sala de Casación Civil del TSJ, 22 de marzo de 2002
TSJ/SCC, Sent. N° 193, Exp. 01-659, 22/03/2002
Expediente01-659
PonenteANTONIO RAMÍREZ JIMÉNEZ
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2002-03-22
DecisiónPERECIDO
Resumen
La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia declara perecido el recurso de casación interpuesto por DISTRIBUIDORA DE PAN PARIOLI, C.A. contra la sentencia del Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito. La decisión se basa en que el recurrente no cumplió con los requisitos necesarios para la formalización del recurso, específicamente en relación a las infracciones señaladas en el artículo 313 del Código de Procedimiento Civil. Además, se condena en costas a la recurrente.
Extracto de la motiva
Dado que la formalización del recurso de casación no llena las exigencias del artículo 317 del Código de Procedimiento Civil, por vía de consecuencia, y de conformidad con el artículo 325 eiusdem, el recurso de casación debe ser declarado perecido, tal como se hará en forma expresa, positiva y precisa en el dispositivo de la presente decisión. Así se decide.
Dispositiva
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, de la República Bolivariana de Venezuela, en Sala de Casación Civil, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PERECIDO el recurso de casación interpuesto por la sociedad de comercio DISTRIBUIDORA DE PAN PARIOLI, C.A. contra la sentencia de fecha 22 de junio de 2001, por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Se condena en costas del recurso de casación a la recurrente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 320 del Código de Procedimiento Civil.
Palabras clave
recurso de casaciónarrendamientoCódigo de Procedimiento Civilinfracciónnulidadformalizacióndecisióncostas