Sentencia N° 169 — Sala de Casación Civil del TSJ, 20 de junio de 2022

TSJ/SCC, Sent. N° 000169, Exp. 22-036, 20/06/2022
Expediente22-036
PonenteJOSÉ LUÍS GUTIÉRREZ PARRA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2022-06-20
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de hecho propuesto por la parte demandada contra un auto que declaró inadmisible un recurso de casación. La decisión se fundamenta en la insuficiencia de la cuantía requerida para acceder a la casación, que debe ser la vigente al momento de la interposición de la demanda. En este caso, la cuantía exigida era de tres mil unidades tributarias, mientras que la demanda fue cuantificada en cuarenta y cinco mil bolívares, lo que no cumplía con el requisito.

Extracto de la motiva

Así las cosas, al verificarse que la pretensión fue cuantificada en cantidad de cuarenta y cinco mil bolívares (Bs. 45.000,00) y que el acceso a sede casacional estaba reservado para demandas que fueran estimadas en una cantidad superior a doscientos setenta mil bolívares (BsS.270.000,00), en observancia a la fecha de la interposición de la demanda, esta Sala concluye que el requisito de la cuantía no se encuentra satisfecho. Así se establece. Conforme a lo anterior, resulto inoficioso hacer un análisis sobre los demás presupuestos de procedencia del recurso de casación – oportunidad, legitimidad y recurribilidad-, ya que, los mismos deben concurrir a los efectos de dar acceso a la sede casacional. Así, se establece. De igual forma, ésta Sala no puede pasar por alto la censurable conducta del abogado recurrente al anunciar recurso de casación contra un fallo de un Juzgado Superior, que –a pesar de su permisividad recusiva por disposición de ley- a todas luces, es evidente que el juicio cursado en el precitado tribunal, actuando como alzada, no cumple con el requisito de la cuantía para su admisión.

Dispositiva

Se declara SIN LUGAR el recurso de hecho propuesto por la parte demandada contra el auto del 24 de enero del año 2022, dictado por el Juzgado Superior Quinto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, denegatorio del recurso de casación anunciado contra la sentencia del 1° de diciembre del año 2021.

Palabras clave

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