Sentencia N° 115 — Sala de Casación Civil del TSJ, 8 de marzo de 2024

TSJ/SCC, Sent. N° 000115, Exp. 23-741, 08/03/2024
Expediente23-741
PonenteCARMEN ENEIDA ALVES NAVAS
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2024-03-08
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar el recurso extraordinario de casación interpuesto por Oscar de Jesús Uzcategui Suárez contra la sentencia interlocutoria del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario del estado Táchira. La decisión del ad quem había declarado sin lugar la demanda de oposición a medidas cautelares de embargo y prohibición de enajenar, manteniendo la medida de prohibición sobre un lote de terreno y galpones. La Sala consideró que el juez de instancia no incurrió en vicios de silencio de prueba ni en error de valoración, cumpliendo con su deber de analizar las pruebas presentadas.

Extracto de la motiva

Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, en Sala de Casación Civil, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso extraordinario de casación anunciado por la parte demandante abogado Oscar de Jesús Uzcategui Suarez, contra la sentencia interlocutoria dictada en fecha 3 de octubre de 2023, por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, con sede en San Cristóbal. Se CONDENA al recurrente al pago de las costas procesales del recurso, de conformidad con lo previsto en el artículo 320 del Código de Procedimiento Civil.

Dispositiva

Se declara SIN LUGAR el recurso extraordinario de casación anunciado por la parte demandante abogado Oscar de Jesús Uzcategui Suarez, contra la sentencia interlocutoria dictada en fecha 3 de octubre de 2023, por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, con sede en San Cristóbal. Se CONDENA al recurrente al pago de las costas procesales del recurso.

Palabras clave

casaciónhonorarios profesionalesmedidas cautelaresprohibición de enajenarembargo

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