Sentencia N° 956 — Sala Constitucional del TSJ, 24 de septiembre de 2010

TSJ/SC, Sent. N° 956, Exp. 09-1201, 24/09/2010
Expediente09-1201
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2010-09-24
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional Accidental del Tribunal Supremo de Justicia, en respuesta a la solicitud de revisión presentada por Eduardo Rafael Valera Guevara, actuando en nombre de Inversiones Yadival, C.A., declaró que no ha lugar a la revisión de la sentencia dictada el 10 de abril de 2008 por la Sala 9 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal. La solicitud se fundamentó en la supuesta omisión del Ministerio Público de citar a un testigo y en la falta de motivación de la sentencia apelada, alegando violaciones a derechos fundamentales.

Extracto de la motiva

La Sala Accidental considera que la sentencia objeto de revisión no incurrió en falta de pronunciamiento, ya que se abordaron los puntos relevantes de la apelación. Se concluyó que la Corte de Apelaciones actuó conforme a derecho al declarar sin lugar la apelación interpuesta, fundamentándose en la inadmisibilidad de la prueba testimonial en el contexto penal, de acuerdo con el artículo 1.387 del Código Civil. La Sala también invitó a la Corte de Apelaciones a mejorar la motivación de sus sentencias.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional Accidental, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara que NO HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional de la sentencia dictada el 10 de abril de 2008, por la Sala 9 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, formulada por el ciudadano Eduardo Rafael Valera Guevara, actuando con el carácter de Director Gerente de la sociedad mercantil INVERSIONES YADIVAL, C.A. asistido por el abogado Acacio Sabino.

Palabras clave

debido_procesousuraapelaciónderechos_humanosministerio_publicosentenciajusticia

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