Sentencia N° 955 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de agosto de 2014

TSJ/SC, Sent. N° 955, Exp. 14-0108, 01/08/2014
Expediente14-0108
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2014-08-01
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de revisión constitucional interpuesta por Rosa Virginia Chacón Ramírez, única heredera de Nelson José Chacón, debido a la falta de legitimación procesal. La solicitante no presentó documentos que probaran su relación con el causante ni su condición de parte en el proceso judicial que originó el fallo impugnado. La Sala reitera que para solicitar revisión constitucional es necesario demostrar un interés personal y directo en la causa.

Extracto de la motiva

La Sala estima que la solicitud de revisión planteada debe declararse inadmisible de conformidad con lo previsto en el artículo 133, cardinal 3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, por cuanto la ciudadana Rosa Virginia Chacón de Ramírez no acompañó a la solicitud de revisión documento alguno que demostrara que es la única heredera del ciudadano Nelson José Chacón, por lo que no tiene legitimidad para ejercer la solicitud de revisión constitucional de la sentencia; y así se decide.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la solicitud de revisión constitucional interpuesta por la ciudadana ROSA VIRGINIA CHACÓN RAMÍREZ, única heredera del causante NELSON JOSÉ CHACÓN, titular de la cédula identidad 12.191.271, debidamente asistida por los abogados ROSA CHACÓN y ÁNGEL LEONARDO FERMÍN, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros 86.738 y 74.695, respectivamente, de la sentencia dictada el 17 de abril de 2013, por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo.

Palabras clave

procedimiento administrativoderecho a la defensadebido procesopruebasnotificación

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