Sentencia N° 948 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de noviembre de 2017
TSJ/SC, Sent. N° 948, Exp. 17-0310, 09/11/2017
Expediente17-0310
PonenteLourdes Benicia Suárez Anderson
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2017-11-09
DecisiónNO HA LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Lourdes Benicia Suárez Anderson, decidió no ha lugar la solicitud de revisión constitucional presentada por José Agustín De Sena Moncada contra la sentencia N° 266 de la Sala de Casación Social. En esta sentencia, se había declarado con lugar el recurso de casación interpuesto por Pepsi-Cola Venezuela, C.A., anulando un fallo anterior y reconociendo parcialmente la demanda por indemnización por accidente de trabajo. La Sala Constitucional concluyó que no se evidenció un incumplimiento de las normas de seguridad y salud laboral por parte del empleador, lo que llevó a la improcedencia de las indemnizaciones solicitadas por el trabajador. La decisión se fundamentó en la falta de prueba que demostrara la relación de causalidad entre la enfermedad y las condiciones laborales, así como en la correcta aplicación de la normativa por parte de la Sala de Casación Social.
Extracto de la motiva
La revisión a que hace referencia el artículo 336, numeral 10 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la ejerce de manera facultativa esta Sala Constitucional, siendo discrecional entrar al análisis de los fallos sometidos a su conocimiento. Ello es así, por cuanto la facultad de revisión no puede ser entendida como una nueva instancia, ya que sólo procede en casos de sentencias que han agotado todos los grados jurisdiccionales establecidos por la Ley y en tal razón tienen la condición de definitivamente firmes. Al respecto, aprecia la Sala que en el presente caso se pretende la revisión de la sentencia n.° 266 del 28 de marzo de 2016, dictada por la Sala de Casación Social de Tribunal Supremo de Justicia, en la cual se declaró: con lugar el recurso de casación ejercido contra la sociedad mercantil Pepsi-Cola Venezuela, C.A., contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Octavo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas del 21 de julio de 2014, en consecuencia se anuló el referido fallo y asimismo se declaró parcialmente con lugar la demanda por cobro de indemnizaciones derivadas del accidente de trabajo del solicitante contra la mencionada sociedad mercantil.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara NO HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional intentada por el apoderado judicial del ciudadano JOSÉ AGUSTÍN DE SENA MONCADA, de la sentencia dictada el 28 de marzo de 2016 por la Sala de Casación Social de este Máximo Tribunal. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.
Palabras clave
revisión constitucionalindemnizaciónenfermedad ocupacionalPepsi-Cola Venezueladerecho a la defensa