Sentencia N° 922 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de agosto de 2010
TSJ/SC, Sent. N° 922, Exp. 10-0534, 12/08/2010
Expediente10-0534
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2010-08-12
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de Rosa Soto Monsalve, quien impugnó una sentencia del Juzgado Superior Séptimo del Trabajo que declaró sin lugar su apelación sobre la calificación de su despido. La Sala determinó que la revisión no constituye una tercera instancia y que la solicitante no demostró que efectivamente fue despedida, por lo que se mantuvo la decisión del tribunal inferior. La Sala concluyó que no existieron violaciones a derechos constitucionales en la sentencia revisada.
Extracto de la motiva
La revisión extraordinaria a que alude el artículo 336.10 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, no es una tercera instancia, debido a que la misma sólo procede en los casos de sentencias firmes, señalados en la decisión del 6 de febrero de 2001, (Caso: Corporación de Turismo de Venezuela, CORPOTURISMO). Siendo ello así, la Sala precisa que la revisión no constituye una tercera instancia, ni un medio judicial ordinario, sino una potestad extraordinaria, excepcional y discrecional de esta Sala Constitucional con el objeto de unificar criterios constitucionales, para garantizar con ello la supremacía y eficacia de las normas y principios constitucionales, lo cual generaría seguridad jurídica, y no para la defensa de los derechos subjetivos e intereses del solicitante.
Dispositiva
Por las razones que antes fueron expuestas, esta Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara NO HA LUGAR a la solicitud de revisión que presentó la ciudadana ROSA SOTO MONSALVE, debidamente asistida por el abogado César García López, contra la sentencia que dictó el 15 de julio de 2009, el Juzgado Superior Séptimo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.