Sentencia N° 876 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de julio de 2015
TSJ/SC, Sent. N° 876, Exp. 15-0568, 17/07/2015
Expediente15-0568
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2015-07-17
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declaró no ha lugar la solicitud de revisión constitucional interpuesta por los ciudadanos Rogelio Suárez y Luis Pérez, quienes buscaban impugnar la sentencia número 2081 de 17 de diciembre de 2014, dictada por la Sala de Casación Social, que había declarado inadmisible su solicitud de control de la legalidad. La Sala argumentó que la revisión no procede en casos donde se busca cuestionar la discrecionalidad de la Sala de Casación Social en la inadmisión de recursos.
Extracto de la motiva
En el caso sub examine se pretende, en primer término, la revisión del acto de juzgamiento número 2081, dictado por la Sala de Casación Social de este Tribunal Supremo de Justicia, el 17 de diciembre de 2014, mediante el cual declaró inadmisible la solicitud de control de la legalidad que había sido interpuesta por la representación judicial de los ahora requirentes contra la sentencia que emitió, el 14 de mayo de 2014, el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: 1.- COMPETENTE para conocer de la solicitud de revisión constitucional interpuesta por la abogada Carmen Salvatierra, en representación judicial de los ciudadanos ROGELIO SUÁREZ y LUIS PÉREZ, de las sentencias dictadas por la Sala de Casación Social de este Tribunal Supremo de Justicia, el 17 de diciembre de 2014, y por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, el 14 de mayo de 2014. 2.- NO HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional de la sentencia número 2081 de 17 de diciembre de 2014, dictada por la Sala de Casación Social de este Tribunal Supremo de Justicia, que declaró inadmisible el control de la legalidad interpuesto por los ciudadanos Ronald Romero, Jesús Araujo, Danny González, Edgar Camacho, David Sánchez, Gustavo Gutiérrez, Junior López, Grisel Rivero, Rogelio Suárez y Luis Pérez (los dos últimos ahora solicitantes), en su carácter de terceros interesados. 3.- NO HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional del fallo que fue dictado, el 14 de mayo de 2014, por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, que declaró: i) con lugar la apelación que había sido interpuesta por la sociedad mercantil Laboratorios Kimiceg S.A.., contra la decisión que dictó, el 12 de noviembre de 2013, el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial, que había declarado sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto; ii) revocada la sentencia recurrida; y, iii) con lugar el recurso de nulidad que incoó la empresa Laboratorios Kimiceg S.A.., contra la providencia administrativa número 1458-11 de 26 de diciembre 2011, que había sido dictada por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Atanasio Girardot, Mario Briceño Iragorry, Santiago Mariño, Francisco Linares Alcántara, Costa de Oro y Libertador del Estado Aragua, con sede en Maracay, que declaró con lugar el procedimiento de reenganche y pago de salarios dejados de percibir que había sido iniciado por los ciudadanos Ronald Romero, Jesús Araujo, Danny González, Edgar Camacho, David Sánchez, Gustavo Gutiérrez, Junior López, Grisel Rivero, Rogelio Suárez y Luis Pérez contra la referida empresa.