Sentencia N° 867 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de julio de 2014

TSJ/SC, Sent. N° 867, Exp. 14-0122, 17/07/2014
Expediente14-0122
PonenteCARMEN ZULETA DE MERCHÁN
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2014-07-17
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió no ha lugar a la solicitud de revisión constitucional interpuesta por Transporte Oklahoma, C.A. contra la decisión de la Sala de Casación Social que declaró sin lugar un recurso de apelación. La Sala argumentó que la decisión impugnada no vulneró derechos constitucionales, ya que el médico que certificó el accidente de trabajo tenía la competencia asignada por providencia administrativa. Además, se concluyó que se respetó el debido proceso y el derecho a la defensa en el procedimiento administrativo correspondiente.

Extracto de la motiva

La Sala advierte que el acto decisorio sometido a revisión lo constituye el pronunciamiento dictado el 9 de agosto de 2013, por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia; que declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada; firme el fallo recurrido y firme el acto administrativo impugnado, en el marco del juicio que por nulidad conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos, interpuso la hoy peticionaria, Transporte Oklahoma, C.A., contra el acto administrativo N° 0175-2011, dictado el 21 de junio de 2011, por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores de los Estados Monagas y Delta Amacuro (DIRESAT-MONAGAS Y DELTA AMACURO), del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), que certificó el accidente de trabajo del ciudadano Luis Rafael Orence Chacón.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara NO HA LUGAR a la solicitud de revisión constitucional de la decisión dictada el 9 de agosto de 2013, por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, interpuesta por el abogado Jesús Joaquín Campos Gómez, apoderado judicial de la sociedad mercantil TRANSPORTE OKLAHOMA, C.A.

Palabras clave

actos administrativosmotivacióninmotivaciónderecho a la defensaprocedimiento administrativoLOPCYMAT

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