Sentencia N° 857 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de mayo de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 857, Exp. 06-0051, 05/05/2006
Expediente06-0051
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2006-05-01
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos Wilmer Manuel Gutiérrez y Wilman Miguel Lezama contra la decisión del Juzgado Superior del Trabajo del Estado Delta Amacuro. La acción se fundamentó en la supuesta violación de derechos constitucionales, alegando que el tribunal inferior incurrió en extralimitación y abuso de poder al no pronunciarse sobre el fondo de la controversia. La Sala determinó que no existía un litisconsorcio activo válido, ya que las situaciones de hecho eran distintas y no se cumplían los requisitos de acumulación de acciones.
Extracto de la motiva
La Sala observa que si bien ambas causas poseen similitud respecto a las pretensiones procesales alegadas que devenían de las relaciones laborales particulares, no es menos cierto que el único factor subjetivo de conexión lo constituía la persona jurídica demandada, es decir, la sociedad mercantil Santa Fe Drilling de Venezuela, C.A., pues de las actas que conforman el expediente se evidencia que el ciudadano Wilman Miguel Lezama se desempeñó como obrero de taladro desde el 8 de enero de 1997 hasta el 18 de septiembre de 1998 y el ciudadano Wilmer Manuel Gutiérrez, desde el 8 de enero de 1997 hasta el 11 de noviembre de 1998 ejercía funciones como obrero de primera clase. Por tanto, considera este órgano jurisdiccional que mal podía el apoderado judicial de los accionantes ejercer la presente acción, constituyendo en sede constitucional un litisconsorcio activo, pues la concreta individualización de los hechos de los que nace su estado de insatisfacción y por el cual solicitan la providencia jurisdiccional que los tutele, no puede ser la misma que invocan al encontrarse en situaciones de hechos distintas.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el apoderado judicial de los ciudadanos Wilmer Manuel Gutiérrez y Miguel Lezama Wilman, contra la decisión dictada el 13 de julio de 2005, por el Juzgado Superior del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Delta Amacuro. Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
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