Sentencia N° 840 — Sala Constitucional del TSJ, 21 de mayo de 2008

TSJ/SC, Sent. N° 840, Exp. 07-1643, 21/05/2008
Expediente07-1643
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2008-05-21
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admite la acción de amparo interpuesta por Rafael Castellanos Zacarías contra la sentencia de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo que confirmó la decisión de un Juzgado Superior. El demandante argumenta que la decisión judicial afecta su derecho a la igualdad y a la no discriminación, además de su derecho a la defensa y a una tutela judicial justa. La Corte Constitucional considera que la acción es admisible y ordena la notificación correspondiente para continuar con el proceso.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, ADMITE la acción de amparo interpuesta por el ciudadano RAFAEL CASTELLANOS ZACARÍAS, antes identificado, asistido por el abogado Octavio Rafael Castellanos Zacarías en contra de la sentencia dictada el 9 de mayo de 2007, por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, en la que confirmó el fallo dictado por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, que declaró con lugar la querella funcionarial interpuesta por el prenombrado ciudadano, en consecuencia: 1) Se ORDENA la notificación de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, en la persona de su Presidente o quien haga sus veces, a fin de que esta Sala Constitucional, una vez que conste en autos dicha notificación, fije dentro de las noventa y seis (96) horas siguientes a ella, la oportunidad en que se llevará a cabo la audiencia oral. Igualmente, se ORDENA a dicha Corte, notificar a la otra parte en el proceso; esto es, al Síndico Procurador Municipal del Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui y dar cuenta de ello inmediatamente a esta Sala. 2) Se ORDENA la notificación del Fiscal General de la República, de conformidad con el artículo 15 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, ADMITE la acción de amparo interpuesta por el ciudadano RAFAEL CASTELLANOS ZACARÍAS, antes identificado, asistido por el abogado Octavio Rafael Castellanos Zacarías en contra de la sentencia dictada el 9 de mayo de 2007, por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, en la que confirmó el fallo dictado por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, que declaró con lugar la querella funcionarial interpuesta por el prenombrado ciudadano, en consecuencia: 1) Se ORDENA la notificación de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, en la persona de su Presidente o quien haga sus veces, a fin de que esta Sala Constitucional, una vez que conste en autos dicha notificación, fije dentro de las noventa y seis (96) horas siguientes a ella, la oportunidad en que se llevará a cabo la audiencia oral. Igualmente, se ORDENA a dicha Corte, notificar a la otra parte en el proceso; esto es, al Síndico Procurador Municipal del Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui y dar cuenta de ello inmediatamente a esta Sala. 2) Se ORDENA la notificación del Fiscal General de la República, de conformidad con el artículo 15 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

amparo constitucionaligualdad ante la leydiscriminaciónprestaciones socialesderechos laboralesCorte Primera de lo Contencioso AdministrativoJuzgado Superioracción de amparo

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