Sentencia N° 832 — Sala Constitucional del TSJ, 27 de octubre de 2017
TSJ/SC, Sent. N° 832, Exp. 17-0099, 27/10/2017
Expediente17-0099
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2017-10-27
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de revisión constitucional presentada por el abogado Felipe Oresteres Chacón Medina en representación de Noé Gerardo Duque Mora. La solicitud se refería a la revisión de dos sentencias anteriores que declararon la caducidad de un recurso contencioso administrativo y sin lugar un recurso de apelación. La inadmisibilidad se fundamenta en la falta de presentación de copia certificada del poder que acredite la representación del solicitante, lo que constituye un requisito esencial para la admisión de la solicitud.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional ha declarado la inadmisibilidad de este tipo de solicitudes, en los casos en los cuales no se hubiese acompañado el escrito que la contenga con el original o copia certificada del poder de quien se atribuya la representación judicial de otro, así como del resto de los recaudos necesarios para su admisión y procedencia. En virtud de las anteriores consideraciones, y por cuanto la abogada Claribel Castillo Meza no acreditó la representación que alegó tener, la revisión constitucional bajo análisis resulta inadmisible de conformidad con lo estipulado en el artículo 133.3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y el criterio jurisprudencial contenido en el fallo parcialmente transcrito supra.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de revisión constitucional respecto de las decisiones n. 2014-1191, del 23 de julio de 2014, dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo; y n.° 01844, del 13 de noviembre de 2007, emanada de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, interpuesta por quien se atribuye la representación judicial del ciudadano NOÉ GERARDO DUQUE MORA.