Sentencia N° 817 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de marzo de 2015
TSJ/SC, Sent. N° 817, Exp. 15-0119, 18/10/2016
Expediente15-0119
PonenteGladys María Gutiérrez Alvarado
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2015-03-10
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de revisión de un expediente de desalojo presentado por Eudoro B. Ramírez Saavedra. El demandante alegó que la sentencia anterior era errónea y contraria a la Constitución. La Sala, tras revisar el caso, determinó que no había constancia de la notificación de la sentencia n.° 176 del 10 de marzo de 2015, lo que generaba incertidumbre sobre su ejecución. Por lo tanto, se ordenó notificar al demandante sobre dicha sentencia para garantizar su derecho a la defensa.
Extracto de la motiva
Ahora bien, pese a que, conforme a lo indicado por la prenombrada Defensora Pública, el demandante le afirmó que se había dado por notificado de la sentencia n.° 176 del 10 de marzo de 2015, más allá de ello no existe constancia en autos de que, en efecto, se haya materializado tal notificación conforme a lo dispuesto en el ordenamiento jurídico, por lo que hasta ahora no existe absoluta certeza de que la notificación haya logrado su finalidad ni, en fin, de que se haya ejecutado la referida decisión dictada por esta Sala; por lo que la Sala procede a dar cumplimiento al despacho saneador que establece el artículo 136 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, ordenando en consecuencia notificar al ciudadano Eudoro B. Ramírez Saavedra, en su domicilio procesal, de la sentencia n.° 176 del 10 de marzo de 2015.