Sentencia N° 805 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de mayo de 2008

TSJ/SC, Sent. N° 805, Exp. 08-0203, 14/05/2008
Expediente08-0203
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2008-05-14
DecisiónINADMISIBLE

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Juan Castillo en representación de Franklin de Jesús Céspedes Martínez, contra la decisión del Juzgado Cuarto Superior del Trabajo. La inadmisibilidad se fundamenta en la falta de representación adecuada del demandante, ya que el abogado no presentó un poder fehaciente que acreditara su capacidad para actuar en nombre del agraviado.

Extracto de la motiva

La Sala advierte que el abogado Juan Castillo acompañó con su escrito de solicitud de amparo constitucional copia simple del poder que, presuntamente, le fuere otorgado por el ciudadano Franklin de Jesús Céspedes Martínez, para el juicio por cobro de prestaciones sociales intentado contra la empresa Banplus Entidad de Ahorro y Préstamo, y el cual pretende hacer valer para la interposición de la acción de amparo ante esta Sala por la presunta lesión constitucional que sufrió su otorgante. Al respecto, es menester señalar que en sentencias n° 1364 del 27 de junio de 2005, n° 2603 del 12 de agosto de 2005, n° 152 del 2 de febrero de 2006 y n° 1316 del 3 de junio de 2006, se señaló lo que sigue: “Para la interposición de un amparo constitucional, cualquier persona que considere haber sido víctima de lesiones constitucionales, que reúna las condiciones necesarias para actuar en juicio, puede ser parte actora en un proceso de ese tipo. Sin embargo, al igual que para cualquier otro proceso, si ese justiciable, por más capacidad procesal que posea, no puede o no quiere por su propia cuenta postular pretensiones en un proceso, el ius postulandi o derecho de hacer peticiones en juicio, deberá ser ejercido por un abogado que detente el derecho de representación, en virtud de un mandato o poder auténtico y suficiente.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Juan Castillo, quien alegó actuar como apoderado judicial del ciudadano Franklin de Jesús Céspedes Martínez, contra la decisión dictada, el 20 de junio de 2007, por el Juzgado Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en el párrafo sexto del artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Palabras clave

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