Sentencia N° 766 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de junio de 2012

TSJ/SC, Sent. N° 766, Exp. 11-0551, 05/06/2012
Expediente11-0551
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaLaboral
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2012-06-05
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió declarar sin lugar el recurso de apelación interpuesto por Bassam Doghanji, Director General de Inversiones Piter Flex C.A., contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional. La Sala fundamentó su decisión en la existencia de medios judiciales ordinarios que podían ser utilizados para impugnar el acto de embargo, lo que llevó a la inadmisibilidad del amparo. Se destacó que el amparo sobrevenido no era pertinente en este caso, ya que el agraviado tenía a su disposición la vía de oposición al embargo, lo que invalidaba la acción de amparo.

Extracto de la motiva

Visto lo anterior, pasa esta Sala a decidir el asunto sometido a su conocimiento, para lo cual resulta ineludible aclarar como punto previo que la parte actora intentó recurso de apelación, según el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, contra la decisión del 31 de marzo de 2011, dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, mas no presentó el escrito de fundamentación de su apelación, razón por la cual, esta Sala en una recta aplicación del principio a la tutela judicial efectiva, pasa a decidir sin enfoque de denuncia alguna considerándose para ello los planteamientos expuestos en el escrito de amparo constitucional y demás recaudos cursantes en autos, así como los razonamientos que siguió el aludido tribunal superior para dictar la decisión. En el caso de autos, la parte accionante ejerció la acción de amparo constitucional contra las actuaciones dictadas en fase de ejecución por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, con ocasión de la demanda que por cobro de prestaciones sociales y salarios dejados de percibir interpuso el ciudadano Jovanny José Romero Mayora, contra las sociedades mercantiles Inversiones Peter S.R.L e Inversiones Casa Peter S.R.L. En este sentido, fundamentó su pretensión en la presunta violación de sus derechos constitucionales a la tutela judicial efectiva, la defensa y al debido proceso, por cuanto el juzgado supuesto agraviante practicó embargo ejecutivo sobre un inmueble de su propiedad, 'a sabiendas que la empresa donde estaba constituido el Tribunal no era de las demandadas sino una empresa distinta como lo es INVERSIONES PITER FLEX, C.A'.

Dispositiva

1.- Declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por Bassam Doghanji, en su carácter de Director General de la sociedad mercantil Inversiones Piter Flex C.A., contra la sentencia dictada el 31 de marzo de 2011, por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas. 2.- CONFIRMA en los términos expuestos la sentencia dictada el 31 de marzo de 2011, por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, que declaró INADMISIBLE la presente acción de amparo constitucional.

Palabras clave

amparo constitucionalembargo ejecutivotutela judicial efectivadecisión inadmisible

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