Sentencia N° 758 — Sala Constitucional del TSJ, 27 de octubre de 2017
TSJ/SC, Sent. N° 758, Exp. 17-0452, 27/10/2017
Expediente17-0452
PonenteLUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2017-10-27
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de revisión constitucional presentada por Alfredo José Rivas, quien impugnó la decisión del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo que declaró inadmisible su acción de amparo constitucional contra Cervecería Polar C.A. La Sala determinó que el tribunal inferior había confundido la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos con un recurso judicial, lo que llevó a una incorrecta declaración de inadmisibilidad. En consecuencia, se anuló la decisión del 9 de febrero de 2017 y se ordenó a otro juzgado superior pronunciarse sobre la apelación correspondiente, reafirmando la importancia de la protección de los derechos laborales y la efectividad de las providencias administrativas.
Extracto de la motiva
MOTIVAN LA PRESENTE REVISIÓN” la parte solicitante expuso que: “[e]n fecha 03 de enero de 2017, intent[ó] acción de amparo constitucional en contra de la sociedad mercantil CERVECERIA (sic) POLAR, C.A., para lograr por vía de la referida acción extraordinaria el cumplimiento por parte de ésta última de la Providencia Administrativa N° 00441-16, de naturaleza definitiva, de fecha 12 de agosto de 2016, emanada de la Inspectoría del Trabajo ‘General Rafael Urdaneta’ de los Municipios San Francisco, La Cañada de Urdaneta, Jesús Enrique Lossada, Rosario de Perijá y Machiques de Perijá del Estado Zulia, mediante la cual el referido órgano administrativo ordenó el Reenganche (sic) a [sus] labores habituales de trabajo con el consecuente pago de salarios caídos y demás beneficios dejados de percibir en [su] puesto de trabajo en la indicada entidad patronal, en resguardo a la Inamovilidad (sic) laboral que [le] asistía (…)” (Mayúsculas, negrillas y subrayado del texto original). Que “(…) el día 25/04/2016 [su] patronal CERVECERIA (sic) POLAR C.A., de manera inconstitucional e ilegal [le] negó el acceso a las instalaciones de operaciones donde prestaba [sus] servicios laborales, mediante una ilegítima paralización de parte de sus operaciones, bajo la excusa de una supuesta falta de materia prima que -a su decir- constituyó una circunstancia de fuerza mayor que le impedía el normal funcionamiento de sus operaciones laborales, y de forma unilateral y sin el concurso de la masa de trabajadores y del órgano administrativo del trabajo (Inspectoría del Trabajo), procedieron a considerarse en una suspensión de la relación de trabajo, como cual estado de sitio y en violación del Estado de Derecho, que en la primacía de la realidad no fue otra cosa que el apego a una guerra económica que h
Dispositiva
1.- HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional interpuesta por el ciudadano Alfredo José Rivas, asistido por la abogada Senovia del Carmen Urdaneta Guerra, ya identificados. 2. ANULA la decisión dictada el 9 de febrero de 2017, por el Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. 3.- ORDENA a otro Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia pronunciarse sobre la apelación ejercida contra la decisión dictada el 25 de enero de 2017, por el Tribunal Sexto de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen y Procesal Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial. 4.- ORDENA remitir mediante oficio, copia certificada de la presente decisión a la Asamblea Nacional Constituyente y al Presidente de la República Bolivariana de Venezuela a los fines que ponderen el contenido de este Obiter Dictum.