Sentencia N° 707 — Sala Constitucional del TSJ, 4 de junio de 2015
TSJ/SC, Sent. N° 707, Exp. 15-0310, 04/06/2015
Expediente15-0310
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2015-06-04
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo y el Tribunal Superior Estadal de la Jurisdicción Contencioso Administrativa del Estado Bolívar, en relación con una acción de amparo interpuesta por Juan Carlo Toro Ochoa. Este ciudadano había solicitado el reenganche y pago de salarios caídos tras ser despedido injustificadamente por el Instituto Regional de Tecnología y Desarrollo Agropecuario (IRTAB). La Inspectoría del Trabajo no había emitido decisión sobre su solicitud, lo que motivó la acción de amparo.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional establece que la competencia para conocer de las acciones de amparo constitucional corresponde a los tribunales de la materia afín con la naturaleza del derecho o de la garantía constitucional violados. En este caso, se alega la omisión de la Inspectoría del Trabajo del Estado Bolívar en dictar resolución sobre la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos. La Sala reitera que la competencia para conocer de las pretensiones relacionadas con actos administrativos laborales corresponde a los tribunales laborales, y no a los contenciosos administrativos. Por lo tanto, se declara competente para conocer del conflicto negativo de competencia planteado y se determina que el tribunal competente para conocer de la acción de amparo es el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Dispositiva
1.- Se declara COMPETENTE para conocer del conflicto de competencia planteado por el Tribunal Superior Estadal de la Jurisdicción Contencioso Administrativo del Estado Bolívar. 2.- Declara que el TRIBUNAL COMPETENTE para conocer de la acción de amparo interpuesta por el ciudadano JUAN CARLO TORO OCHOA, asistido de abogado, contra la presunta omisión por parte de la Inspectoría del Trabajo del Estado Bolívar con ocasión de la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos contra el Instituto Regional de Tecnología y Desarrollo Agropecuario (IRTAB), es el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Palabras clave
conflicto negativo de competenciaamparo constitucionalInspectoría del Trabajosalarios caídosreenganche