Sentencia N° 685 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de octubre de 2022
TSJ/SC, Sent. N° 0685, Exp. 20-0151, 14/10/2022
Expediente20-0151
PonenteLUÍS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2022-10-14
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo interpuesta por Víctor Segundo González Valero, por no cumplir con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Se señala que el escrito de amparo presentado carecía de claridad y precisión en la identificación del acto lesivo y los derechos vulnerados. A pesar de las oportunidades brindadas para corregir el escrito, el accionante no subsanó las deficiencias requeridas.
Extracto de la motiva
Delimitado lo que antecede, y evidenciado como quedó que para la fecha en la que se habría configurado el supuesto de hecho, que daría lugar a la declaratoria de abandono del trámite -12 de septiembre de 2020- por haber transcurrido más de seis (6) meses desde la última actuación del accionante en el expediente -12 de marzo de 2020-, se encontraba vigente la Resolución N° 2020-0006 de la Sala Plena de este Tribunal, mediante la cual se suspendía el despacho en los tribunales desde el 12 de agosto al 12 de septiembre, por lo que, en ese lapso de tiempo el accionante estaba impedido de acudir a los mismos para manifestar su interés en la causa mediante la consignación de escrito o diligencia en el expediente; siendo ello así, la presente causa está enmarcada dentro de la situación excepcional que establece el criterio jurisprudencial fijado en la sentencia N° 0091 dictada por esta Sala Constitucional el 12 de agosto de 2020, (caso: “Luis Ferdinando Rodríguez Pereira”), conforme al cual, a pesar de estar en presencia de un abandono del trámite no se decreta el mismo por cuanto para la fecha en que se produjo regía una suspensión temporal en las causas judiciales por hechos no imputables a la parte accionante en amparo (con motivo de la pandemia del COVID-19), es que se resuelve desestimar en la presente causa el abandono del trámite, y en consecuencia, se pasa a dilucidar lo planteado en la acción de amparo interpuesta. Así se establece.
Dispositiva
Se declara INADMISIBLE la acción de amparo interpuesta por el ciudadano VÍCTOR SEGUNDO GONZÁLEZ VALERO, actuando en su propio nombre y representación.