Sentencia N° 673 — Sala Constitucional del TSJ, 24 de abril de 2008

TSJ/SC, Sent. N° 673, Exp. 08-0009, 24/04/2008
Expediente08-0009
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2008-04-24
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la demanda de amparo interpuesta por ELCAR RAMÓN RIVERO SOTO y ALEJANDRO JACOB ROMERO AMARO contra un grupo de ciudadanos que impidieron el acceso a la Universidad Nacional Experimental Politécnica 'Antonio José de Sucre'. La Sala fundamenta su decisión en que la situación lesiva que motivó la demanda ha cesado, lo que la hace inadmisible conforme a la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Se destaca que el derecho a la educación y al libre tránsito son derechos colectivos que afectan a toda la comunidad universitaria.

Extracto de la motiva

En el caso bajo examen, el presunto hecho realizado por un grupo de ciudadanos que se autocalifican como grupo MENA (MOVIMIENTO DE ESTUDIANTES NO ADMITIDOS) hayan ejecutado actos que impidan el acceso de estudiantes a su casa de estudios y de trabajadores y docentes a su sitio de labores, impidiendo el ejercicio de sus derechos, interesa a todos los estudiantes, docentes, personal administrativo y obrero de la mencionada institución de educación superior, más allá de la esfera de derechos e intereses legítimos de los accionantes, por lo que considera este tribunal que el derecho a la educación, al trabajo y a la libertad de tránsito en este escenario, denunciados como supuestamente lesionados, sí corresponde a la categoría de los derechos colectivos, en la medida que se identifica con bienes que resultan inseparables o inescindibles de los derechos o intereses de toda la comunidad universitaria (estudiantes, profesores, personal administrativo y obreros) de la UNEXPO.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda de amparo que incoaron los ciudadanos ELCAR RAMÓN RIVERO SOTO y ALEJANDRO JACOB ROMERO AMARO contra los ciudadanos ENDER CASTILLO, GERARDO CARATI, YENITSE VAAMONDE, NERSON CANELONES, YORMAN ROJAS, IBRAHIM RODRÍGUEZ, CARLOS DURAN, RICHARD RODRÍGUEZ, LUIS FERNÁNDEZ, ENMANUEL SOTELDO, JORGE SILVA, CARLOS ENOCK, ARNOLDO ELIESER MORENO, MAURICIO PIÑA, OMAR JOSÉ MUJICA, JESÚS FLORES, JESÚS HERNANDEZ, LEANDRO RIVERO, DANIEL ALEXANDER CASTILLO, SAMUEL CASTAÑEDA, GIORGINA DABOÍN, LUIS M. DORANTE, LUIS CRESPO, JESÚS ARROLLO, JUAN NUÑEZ, JESÚS BRACAMONTE, ENDER PRIETO, GEIZER MÉNDEZ, MIGUEL NARVAEZ, LUIS JAVIER HEREIDA, MIRELLA MONTILLA, PACHECO OSVALDO, FREDDY ALMAZAN, LUIS RUBIO, JOSÉ DOCIMO, OSCAR PARRETO, REYNAL CARRASCO, STEPHANY PEREZ, JHONATAN YEPEZ, SAMUEL CAMONES, GILBER VASQUEZ, JESÚS BRAVO, DANIEL VASQUEZ, VICTOR YIMAURE, ALEJANDRO TERAN, CARLOS PEREZ, GIOVANY AGÜERO, ENDERSON GUÉDEZ, ADRIAN SEGOVIA, MASIEL RODRÍGUEZ, NOELYS JIMÉNEZ, ALEXIS ARAY, IRWIN PALACIOS, REYNEL RAFAEL CARRASCO, ROGER RIVERO, OCTAVIO RAMÓN GONZALES, YOLNET PERALTA MORALES, ALBERT RODRÍGUEZ, JESÚS DÍAZ, HUMBERTO ÁLVAREZ, JOSÉ CASTILLO, ALEXIS COLMENARES, CESAR RODRÍGUEZ, WILBER PERAZA, HEBERSON MONTES, KELVIN FERNÁNDEZ, PETTER JIMÉNEZ, ALBENIS CHIRINOS, HEBERT MONTES, DANILO CASTILLO, ELBERT SANGUINO, ENDERSON SILVA, FRANCISCO LIZARDO, JOSÉ DÍAZ, EMISAEL CAMACARO, JOSÉ DANIEL MÁRQUEZ, OSDERBIN COLMENÁREZ, CIRILO TORREALBA, DANIEL PIRONA, ANDRÉS CARREJO, CARLOS PONCE, GILBER VÁZQUEZ, LUIS SCHAARENBERG, JHON MÉNDEZ, ENDER CASTILLO y NELIMAR PERAZA. Publíquese y regístrese.

Palabras clave

amparo constitucionalderecho a la educaciónlibre tránsitoderechos colectivosincompetenciacomunidad universitariaU.N.E.X.P.O.Ley Orgánica de Amparo

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