Sentencia N° 664 — Sala Constitucional del TSJ, 23 de mayo de 2012
TSJ/SC, Sent. N° 664, Exp. 11-0903, 23/05/2012
Expediente11-0903
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2012-05-23
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia n.° 00156 de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, que declaró inadmisible un recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por Anny María Rodríguez Yánez contra la Gobernación del Estado Falcón. La Sala consideró que la sentencia impugnada incurrió en el vicio de falta de aplicación del derecho, al no considerar que el lapso de caducidad para interponer la acción culminó en un día no hábil, permitiendo su presentación el primer día hábil siguiente.
Extracto de la motiva
La Sala observa que, en cuanto al cómputo de los lapsos procesales, es criterio reiterado lo establecido en la sentencia de esta Sala n.°: 554, del 28 de marzo de 2007, caso: Carlos Enrique Gómez, en la cual se aceptó que: (…) para el cómputo del lapso de caducidad contenido en el artículo 237 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política, por días hábiles debe entenderse aquellos en los que la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia acuerde dar despacho, no siendo computables aquellos en los cuales la mencionada Sala decide no despachar, ni los sábados, ni los domingos, ni el jueves y viernes santos, ni los declarados días de fiesta por la ley de fiestas nacionales, ni los declarados no laborables por otras leyes (…).
Dispositiva
1. HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional interpuesta por la ciudadana ANNY MARÍA RODRÍGUEZ YÁNEZ, asistida por el abogado Alfredo Flores Medina, antes identificados, contra la sentencia n.°: 00156, del 14 de febrero de 2011, dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, mediante la cual revocó la decisión dictada el 5 de octubre de 2010, por el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, que declaró parcialmente con lugar la querella funcionarial interpuesta por la prenombrada ciudadana. 2. ANULA la sentencia dictada el 14 de febrero de 2011 por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo identificada precedentemente. 3. ORDENA la reposición de la causa al estado de que una Corte distinta conozca en segunda instancia de la causa contencioso administrativa, incoada por la ciudadana Anny María Rodríguez Yánez.
Palabras clave
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