Sentencia N° 663 — Sala Constitucional del TSJ, 27 de mayo de 2009
TSJ/SC, Sent. N° 663, Exp. 09-0289, 27/05/2009
Expediente09-0289
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2009-05-27
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por AUTOTEX DE VENEZUELA, S.A. contra la Resolución N° 6.127 del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social. La decisión se fundamenta en que la empresa tiene a su disposición el recurso contencioso administrativo de nulidad, lo que hace que la acción de amparo no sea procedente según la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Extracto de la motiva
La Sala declara la inadmisibilidad del amparo de autos, con fundamento en la mencionada norma. Así se decide. Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la pretensión de amparo constitucional ejercida por los apoderados judiciales de la sociedad mercantil AUTOTEX DE VENEZUELA, S.A., “contra de la decisión administrativa de carácter judicial, contenida en la Resolución N° 6.127 del 22 de septiembre de 2008, emanada del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social”.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la pretensión de amparo constitucional ejercida por los apoderados judiciales de la sociedad mercantil AUTOTEX DE VENEZUELA, S.A., “contra de la decisión administrativa de carácter judicial, contenida en la Resolución N° 6.127 del 22 de septiembre de 2008, emanada del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social”.
Palabras clave
amparo constitucionalresolución administrativaderecho a la defensadebido procesoreserva legallibertad económicainadmisibilidad