Sentencia N° 648 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de abril de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 648, Exp. 04-1555, 28/04/2005
Expediente04-1555
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-04-28
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en la que confirma la decisión del Juzgado Superior que declaró con lugar la acción de amparo interpuesta por Yeleny del Carmen Barrios Martínez. La acción se fundamentó en la omisión del Juzgado Segundo de Primera Instancia en dictar sentencia en un juicio de calificación de despido, lo que constituyó una violación a los derechos de acceso a la justicia y al debido proceso de la accionante. La Sala ordenó al juzgado de origen dictar sentencia en un plazo de diez días.
Extracto de la motiva
Observa este Tribunal: que efectivamente existe un retardo procesal bastante considerable que se extiende desde la fecha 10 de octubre de 2002, en que el Tribunal dijo “VISTOS”, entrando la causa en término de sentencia. No obstante, y como quiera, que desde el 14 noviembre del 2002 fecha en la que se difiere el auto de dictar sentencia para el Vigésimo Quinto día calendario siguiente, hasta la fecha no se ha producido ninguna decisión del tribunal, transcurrido más de un (1) año sin ningún tipo de pronunciamiento legal, constituyendo una demora o retardo bastante prolongada e injustificada, necesariamente debe concluir quien aquí decide que efectivamente tal omisión configura la violación de los derechos de rango constitucional aquí denunciados como son el acceso a la justicia y al debido proceso por falta de pronunciamiento. Y así se decide.
Dispositiva
CONFIRMA la sentencia consultada del 16 de abril de 2004 dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, en la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana YELENY DEL CARMEN BARRIOS MARTÍNEZ, asistida por la abogada Fátima López Coello, contra la conducta omisiva del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en el expediente signado con el Nº 3099 de la nomenclatura de ese Tribunal, contentivo del juicio de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos interpuesto por la accionante contra el Estado Apure.
Palabras clave
amparo constitucionalretardo procesalacceso a la justiciadebido procesodespidoreenganchesalarios caídos