Sentencia N° 602 — Sala Constitucional del TSJ, 27 de abril de 2011

TSJ/SC, Sent. N° 602, Exp. 10-1276, 27/04/2011
Expediente10-1276
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaLaboral
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2011-04-27
DecisiónCOMPETENTE

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia entre el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo y el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, en relación a una acción de amparo constitucional interpuesta por Ricardo Antonio Larez contra Costa Norte Construcciones C.A. La Sala determinó su competencia para conocer del caso, basándose en la normativa vigente y en criterios jurisprudenciales anteriores que establecen que los tribunales laborales son los competentes para conocer de las acciones relacionadas con la estabilidad laboral y la ejecución de providencias administrativas dictadas por las Inspectorías del Trabajo.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de las consideraciones expuestas, se declara competente para conocer del conflicto de competencia planteado entre el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental y el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. En este sentido, la referida decisión sostuvo: “De lo anterior se colige que aun cuando las Inspectorías del Trabajo sean órganos administrativos dependientes –aunque desconcentrados- de la Administración Pública Nacional, sus decisiones se producen en el contexto de una relación laboral, regida por la Ley Orgánica del Trabajo, razón por la cual debe atenerse al contenido de la relación, más que a la naturaleza del órgano que la dicte, para determinar que el juez natural en este caso no es el contencioso administrativo, sino el laboral.”

Dispositiva

1- Se declara COMPETENTE para conocer del conflicto de competencia planteado entre el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental y el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. 2- DECLARA COMPETENTE para conocer de la presente acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados José Higinio Balleresteros y Yaiza del Pinto Rodríguez Figuera, apoderados judiciales del ciudadano RICARDO ANTONIO LAREZ, contra la sociedad mercantil Costa Norte Construcciones, C.A.

Palabras clave

conflicto de competenciaamparo constitucionalestabilidad laboral

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