Sentencia N° 602 — Sala Constitucional del TSJ, 18 de mayo de 2009
TSJ/SC, Sent. N° 602, Exp. 08-0867, 18/05/2009
Expediente08-0867
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2009-05-18
DecisiónImprocedente in limine litis
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara improcedente la acción de amparo constitucional interpuesta por Jony Aníbal Sánchez contra la sentencia de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, que inadmitió su querella funcionarial por caducidad. La Sala fundamenta su decisión en que el lapso de caducidad comenzó a contarse desde la notificación de la sentencia de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, lo que ocurrió el 19 de marzo de 2003, y que el recurso fue interpuesto fuera de plazo.
Extracto de la motiva
[C]omo punto previo al pronunciamiento de fondo, este Órgano jurisdiccional estima pertinente revisar la caducidad como presupuesto de inadmisibilidad de la pretensión, dado el eminente carácter de orden público que detenta, y por ser la misma revisable en toda instancia y grado del proceso, por lo cual, considera necesario realizar las siguientes consideraciones...
Dispositiva
Con fundamento en los argumentos expuestos, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la ley, declara IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS la acción de amparo constitucional interpuesta por la representación judicial del ciudadano JONY ANIBAL SÁNCHEZ, contra la sentencia dictada el 13 de agosto de 2007, por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo.
Palabras clave
amparo constitucionalcaducidadquerella funcionarialderecho a la defensaseguridad jurídicaCorte SegundaCorte PrimeraInstituto Venezolano de los Seguros Sociales