Sentencia N° 588 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de mayo de 2015

TSJ/SC, Sent. N° 588, Exp. 15-0256, 19/05/2015
Expediente15-0256
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2015-05-19
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de nulidad interpuesto por Andrés Alejandro Méndez Silva contra varios artículos de la Ley de Universidades y su reglamento, por inepta acumulación de pretensiones. Se argumenta que la competencia para conocer de la nulidad de las leyes corresponde a esta Sala, mientras que la nulidad de los reglamentos debe ser conocida por la Sala Político-Administrativa. La decisión se basa en la falta de conexión entre las pretensiones y en la prohibición de acumular demandas que se excluyen mutuamente.

Extracto de la motiva

En consecuencia, se declara inadmisible por inepta acumulación la presente acción de nulidad, atendiendo a la reiterada doctrina de esta Sala Constitucional, en concordancia con lo previsto en el artículo 133.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE por inepta acumulación, el recurso de nulidad por razones de inconstitucionalidad ejercido conjuntamente con medida de suspensión de efectos y acción de amparo, por el abogado Andrés Alejandro Méndez Silva, actuando en su propio nombre, contra los artículos 30, 54, 58, 70, 129 y 167 de la Ley de Universidades, publicada en la Gaceta Oficial n.° 1429 Extraordinario del 08 de septiembre de 1970; 17, 18, 19 y 20 del Reglamento Parcial de la Ley de Universidades, Gaceta Oficial n.° 29.599 del 1° de septiembre de 1971 y 39 del Reglamento Parcial de la Ley de Universidades, Gaceta Oficial n.° 28.262 del 17 de febrero de 1967.

Palabras clave

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