Sentencia N° 587 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de mayo de 2012

TSJ/SC, Sent. N° 587, Exp. 11-1227, 14/05/2012
Expediente11-1227
PonenteCARMEN ZULETA DE MERCHÁN
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2012-05-14
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del TSJ revisó la sentencia dictada el 2 de febrero de 2011 por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo, que había declarado con lugar el recurso de apelación interpuesto por Mercados de Alimentos, C.A. (MERCAL) y revocado la decisión de reenganche y pago de salarios caídos a favor de María San Juan Baptista Betancourt. La solicitante argumentó que la decisión lesionó sus derechos laborales y se apartó de la aplicación de principios fundamentales del derecho al trabajo, así como de la doctrina del TSJ sobre la calificación de trabajadores de dirección.

Extracto de la motiva

La Sala estima que la calificación de un trabajador como empleado de dirección debe basarse en la naturaleza real de los servicios prestados, no en la denominación del cargo. En este caso, se concluye que la decisión impugnada vulneró el derecho a la defensa de la solicitante al no permitirle desvirtuar la alegación de ser trabajadora de dirección, lo que constituye un vicio de incongruencia. La Sala anula la decisión del Juzgado Tercero Superior y ordena que un nuevo Juzgado Superior decida la apelación, considerando los razonamientos expuestos en esta decisión.

Dispositiva

PRIMERO: HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional ejercida por la ciudadana MARÍA SAN JUAN BAPTISTA BETANCOURT, asistida de abogado. SEGUNDO: ANULA la decisión dictada el 2 de febrero de 2011, por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. TERCERO: REPONE la causa al estado de que un nuevo Juzgado Superior Laboral distinto al Juzgado Tercero Superior del Trabajo, decida la apelación ejercida por la parte demandada, Mercados de Alimentos C.A., (MERCAL) contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 8 de julio de 2010, considerando los razonamientos sostenidos en la presente decisión.

Palabras clave

revisión constitucionaldespidoreenganchederechos laborales

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