Sentencia N° 580 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de junio de 2010
TSJ/SC, Sent. N° 580, Exp. 10-0400, 10/06/2010
Expediente10-0400
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoHabeas Data
Fecha de la decisión2010-06-10
DecisiónImprocedente in limine litis
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió una acción de habeas data interpuesta por Karelys Alexandra Nieto Valera contra el Comisario Danilo Araque, quien incluyó sus datos en el Sistema de Información Policial. La Sala determinó que la acción era improcedente in limine litis, ya que la inclusión de la reseña policial se basaba en una denuncia válida y no se había demostrado que los datos fueran falsos o ilegítimos. La Sala reafirmó su competencia para conocer de acciones de habeas data y destacó la importancia de los registros policiales en la investigación y prevención del delito.
Extracto de la motiva
La parte accionante señaló que, con ocasión de una denuncia realizada por un antiguo empleador, se presentó el 3 de marzo de 2010, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas en el Estado Mérida, con el fin de rendir formal declaración sobre el asunto, oportunidad en la que el Comisario Danilo Araque, en su condición de Jefe de la Subdelegación de dicho Cuerpo Investigativo, realizó una reseña policial en su contra, alegando que éste era el procedimiento a seguir en los casos de personas contra las cuales mediara una denuncia o investigación policial; situación que en criterio de la parte actora le violentaba entre otros su derecho a la presunción de inocencia. Observa la Sala que en el caso bajo análisis, la accionante requirió la eliminación de la reseña que sobre su persona se encuentra inserta en el Sistema de Información Policial del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas; sin embargo pudo avistar esta Sala de la revisión realizada al expediente contentivo del caso, que la accionante señaló tanto en su escrito de interposición como en otro escrito adminiculado al legajo (vid F 29 al 30), que la inclusión de su reseña policial se debe a la apertura de una investigación policial iniciada en su contra con motivo de una denuncia realizada por un anterior empleador, por lo que se infiere que se trata de un caso que aún permanece abierto y del cual podría derivarse el inicio de una causa penal, por lo que estaríamos ante un registro policial legalmente constituido y necesario para el buen desarrollo de la actividad investigativa policial, el cual hasta esta oportunidad no ha sido ni alegada ni demostrada su falsedad o inexactitud.
Dispositiva
PRIMERO.- COMPETENTE para conocer de la acción de habeas data declinada a esta Sala el 17 de marzo de 2010, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida. SEGUNDO.- IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS, la acción incoada por la ciudadana Karelys Alexandra Nieto Valera contra el Jefe de la Subdelegación del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas de la ciudad de Mérida, Comisario Danilo Araque, que presuntamente incluyó sus datos como reseñados en el Sistema de Información Policial que mantiene dicho organismo.
Palabras clave
habeas dataamparo constitucionalderechos humanospresunción de inocenciajurisdicción constitucional