Sentencia N° 518 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de mayo de 2013

TSJ/SC, Sent. N° 518, Exp. 12-0719, 08/05/2013
Expediente12-0719
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2013-05-08
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara no ha lugar a la solicitud de revisión interpuesta por Orlando José Ereú García contra la sentencia de la Sala de Casación Social. La revisión se solicitó debido a la condena en costas y la supuesta vulneración de derechos constitucionales en el proceso de invalidación. La Sala concluye que no se incurrió en errores que ameriten la revisión, y que la condena en costas es válida según la normativa vigente.

Extracto de la motiva

La revisión a que hace referencia el artículo 336, numeral 10 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la ejerce de manera facultativa esta Sala Constitucional, siendo discrecional entrar al análisis de los fallos sometidos a su conocimiento. Ello es así, por cuanto la facultad de revisión no puede ser entendida como una nueva instancia, ya que sólo procede en casos de sentencias que han agotado todos los grados jurisdiccionales establecidos por la Ley y, en tal razón, tienen la condición de definitivamente firmes...

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara NO HA LUGAR a la solicitud de revisión interpuesta conjuntamente con medida cautelar innominada por el ciudadano ORLANDO JOSÉ EREÚ GARCÍA asistido por el abogado Pedro Abelardo López, contra la sentencia del 29 de mayo de 2012, dictada por la Sala de Casación Social de este Máximo Tribunal.

Palabras clave

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