Sentencia N° 515 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de mayo de 2013
TSJ/SC, Sent. N° 515, Exp. 12-1239, 07/05/2013
Expediente12-1239
PonenteCARMEN ZULETA DE MERCHÁN
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2013-05-07
DecisiónNO HA LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara NO HA LUGAR a la solicitud de revisión presentada por la abogada Maryuri Meza, en representación de la sociedad mercantil TECNOCONSULT, S.A. La solicitud se fundamentaba en la revisión de la sentencia núm. 617 dictada por la Sala de Casación Social, que había declarado inadmisible un recurso de control de legalidad. La Sala Constitucional argumenta que la inadmisibilidad del recurso es facultativa de la Sala de Casación Social y que no procede la revisión de decisiones que inadmitan dicho recurso.
Extracto de la motiva
La Sala ha señalado que no procede la revisión de los fallos que inadmitan dicha impugnación extraordinaria, por cuanto en esos casos, el fallo que adquiriría firmeza sería el que fue objeto del recurso de control de la legalidad, contra el cual, dentro de los supuestos que ha establecido esta Sala, sí procedería, a su vez, la potestad extraordinaria y discrecional de revisión.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara NO HA LUGAR a la solicitud de revisión formulada por la abogada Maryuri Meza, con el carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil TECNOCONSULT, S.A., de la sentencia núm. 617 dictada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, el 15 de junio de 2012. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.
Palabras clave
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